T-779 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Sixta Tulia Viera Bravo Y Otros·Respondent Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensonal Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Protección constitucional
- Reconocimiento a hermanas de la causante, quienes se encuentran en situación de debilidad manifiesta por ser adultos mayores con discapacidad
- A falta de prueba principal se podrá reemplazar con prueba supletoria para la solicitud
- Procedencia cuando se trata de reemplazar la certificación del tiempo laborado para solicitar pensión de jubilación
- Procedencia excepcional por afectación del mínimo vital de adulto mayor
- Reconocimiento a hermanas de la causante debió concederse de manera transitoria, por cuanto no se demostró perjuicio irremediable ni se acreditaron todos los requisitos para acceder a la pe
- Mecanismos procesales para reconstrucción de archivos
- Naturaleza jurídica
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se presenta la acción de tutela en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), alegando la vulneración de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la seguridad social, al mínimo vital y la protección a la tercera edad, en tanto negó a la accionante y a las hermanas agenciadas por ella, el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación gracia post mortem que le correspondía a otra hermana antes de su fallecimiento, al igual que la sustitución de esta prestación a favor de ellas.
Se analiza temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes; el derecho al mínimo vital del adulto mayor y, la naturaleza jurídica de la pensión gracia.
Se CONCEDE la tutela, se ordena a la UGPP iniciar los trámites pertinentes al reconocimiento de la prestación reclamada por las actoras, así como la posterior sustitución y pago de la misma a favor de éstas. <br> <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR, el fallo del 25 de marzo de 2014, proferido por el Tribunal Superior, Sala Civil-Familia de Antioquia, que confirmo el fallo del Juzgado Civil del Circuito de Turbo, Antioquia el 18 de febrero de 2014, que nego el amparo de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la seguridad social, a la proteccion a la tercera edad y al minimo vital de las senoras Clementina, Rafaela y Sixta Tulia Viera Bravo, por las razones anteriormente expuestas.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social - UGPP, para que dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta providencia inicie los tramites pertinentes al reconocimiento de la pension gracia post mortem de la senora Maria Gil Viera Bravo, y la posterior sustitucion y pago de la misma a favor de las senoras Clementina, Rafaela y Sixta Tulia Viera Bravo.
- TERCERO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.