T-617 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Luz Marina Quintero Berrio·Respondent Fopep Y Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reglas para determinarla
- Jurisprudencia constitucional
- Nupcias de hijo en condición de invalidez no son impedimento para reconocimiento y pago de la prestación económica
- Orden a UGPP reconocer sustitución pensional
- Naturaleza y finalidad
- Acreditación de la dependencia económica
- Procedencia excepcional a favor de sujetos de especial protección constitucional o personas en circunstancias de debilidad manifiesta
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante considera que la UGPP le vulneró los derechos a la seguridad social y al mínimo vital al negar el reconocimiento a la sustitución pensional, bajo el argumento de no acreditar dependencia económica de la causante.
Manifiesta que presenta varias enfermedades, como “artritis reumatoide, seropositiva erosiva, hipotiroidismo, y deformidad en las falanges, debido a su condición médica, presenta una pérdida de capacidad laboral del 72.84% , es divorciada, no tiene hijos, ya que uno de ellos murió y el otro está desaparecido, no cuenta con más familiares,y dependía económicamente de su progenitora, ya fallecida y quien era pensionada del FOPEP.
La Sala abordó la siguiente temática: 1º.
Verificación del cumplimiento de los requisitos de procedencia de la acción de tutela, 2º.
Naturaleza de la sustitución pensional, en los casos de hijo o hija mayor de edad en condición de invalidez, el requisito de dependencia económica, y 3º.
Reiteración de jurisprudencia constitucional relativa al reconocimiento de la sustitución pensional, en el caso de hijos en condición de invalidez que contraen matrimonio y se divorcian.
Se CONFIRMA parcialmente el fallo de primera instancia, en el sentido de conceder el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del 29 de marzo de 2019 proferida, en segunda instancia, por la Sala Segunda de Decisión Civil del Tribunal Superior de Medellín, dentro del proceso de la referencia. En su lugar, CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo de primera instancia, proferido el 22 de febrero de 2019 por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, en el sentido de conceder el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital de Luz Marina Quintero Berrío, de acuerdo con la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP que, dentro de los diez 10 días siguientes a la notificación de la presente sentencia, proceda a reconocer la sustitución pensional de la que es titular la señora Luz Marina Quintero Berrío, de acuerdo con las consideraciones de esta sentencia. Asimismo, esta Entidad deberá realizar la respectiva inclusión en nómina.
- Tercero. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.