T-548 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Luis Villa De Windt Y Otros·Respondent Electrificadora Del Caribe S.A. E.S.P.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por configurarse temeridad y no haberse comprobado afectación al mínimo vital
- Procedencia frente a sujetos de especial protección constitucional y para evitar perjuicio irremediable
- Presentación de varias tutelas conlleva al rechazo o decisión desfavorable conforme al art. 38 del Decreto 2591/91
- Procedencia excepcional
- Carácter móvil y multidimensional
- Contenido y alcance
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Varios ex trabajadores de ELECTRICARIBE que en la actualidad devengan una pensión convencional, reclaman a través de la acción de tutela que sus mesadas sean reajustadas de acuerdo a lo dispuesto por la Convención Colectiva de Trabajo vigente para la época en la que se constituyó el derecho, la cual remitía a lo previsto en la Ley 4ª de 1976.
En dicha disposición se reconocía un reajuste anual del 15% para todas aquellas mesadas que no sobrepasaran los cinco salarios mínimos.
Los peticionarios aducen que la empresa no efectuó dichos aumentos porque la norma en cuestión fue derogada por la Ley 71 de 1988.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Elementos generales de procedibilidad de la acción de tutela en materia pensional. 2º.
Alcance y contenido del derecho al mínimo vital como concepto cualitativo o multidimensional.. 3º.
Reglas asociadas a la temeridad.
La Corte declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela formulada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia, proferida el 6 de febrero de 2017 por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Ciénaga, que a su vez revocó el fallo emitido el 19 de diciembre de 2016 por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Ciénaga (Magdalena), que negó la acción de tutela. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela por los motivos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMPULSAR COPIAS de la presente sentencia y del expediente de la referencia a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para que, dentro de su autonomía funcional, investigue las actuaciones desarrolladas por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Ciénaga y el abogado Édgar Alfonso García Zúñiga, quien actuó como apoderado de la parte actora en el presente proceso, identificado en el Registro Nacional de Abogados con la tarjeta profesional número 197.635, y determine si las mismas constituyen faltas a la ética judicial y profesional.
- Tercero. Por Secretaría General, LIBRAR la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.