T-515 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Juan Carlos Montoya Quintana Vs. Tribunal Superior De Distrito Judicial De Medellin Sala Civil
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deben darse por terminados los procesos en curso a 31 de diciembre de 1999 una vez aportada la reliquidación del crédito
- Procedencia excepcional
- Causales genéricas de procedibilidad
- Clases de defectos
- Requisitos de procedencia en casos de procesos ejecutivos hipotecarios
- Doctrina constitucional sobre el artículo 42 parágrafo 3
- Defecto sustantivo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso de deudor del sistema upac contra quien conavi hoy bancolombia inicio en noviembre de 1999 proceso ejecutivo hipotecario y el juzgado de conocimiento mediante auto del 17 de mayo de 2005 ordeno la terminacion del proceso el levantamiento de las medidas cautelares y su archivo pero el tribunal revoco dicho auto y ordeno continuar con el proceso vulnerando sus derechos.
Solicita se ordene revocar el auto del tribunal.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
Procedencia de la acción de tutela contra sentencias.
Requisitos de procedibilidad.
Procedencia de la accion de tutela en el caso concreto.
La corte ha señalado que existe vía de hecho judicial por defecto sustantivo en aquellos casos en los cuales los jueces civiles omiten decretar la terminación del proceso ejecutivo hipotecario vigente a 31 de diciembre de 1999 cuando se ha solicitado la reliquidación del crédito para vivienda adquirido previamente.
En el presente caso se dan los presupuestos para aplicar el artículo 42 de la ley 546 de 1999.
En efecto se trataba de un proceso hipotecario iniciado antes del 31 de diciembre de 1999 dentro del cual se solicitó y obtuvo la reliquidación del crédito para vivienda adquirido previamente.
La decisión adoptada por el tribunal accionado violó el derecho al debido proceso del actor ya que el peticionario tenía derecho a la terminación del proceso ejecutivo hipotecario luego de la reliquidación del crédito.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion laboral- que nego la accion de tutela promovida por Juan Carlos Montoya Quintanilla y, CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia en Sentencia de diciembre seis (6) de 2005.
- Segundo. CONCEDER la proteccion de los derechos al debido proceso del peticionario, en los terminos establecidos en la Sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia el seis (6) de diciembre de 2005.
- Tercero. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.