T-503 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Luz Marina Arias Orozco En Calidad De Guardadora De Francisco De Jesus Ruiz Orozco·Respondent Policia Nacional
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional por ser sujetos de especial protección
- Orden de beneficiarios es excluyente
- Improcedencia de reconocimiento por no cumplir con requisitos para pensión de sobrev
- Orden a Policía Nacional reconocer cesantías e indemnización por muerte más intereses moratorios a hermano del causante, quien fue declarado interdicto
- Vulneración al dilatar sin justificación el pago de dineros adeudados por concepto de cesantías e indemnización por muerte del agente
- Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
- Marco jurídico
- Características
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Dignidad humana, igualdad, mínimo vital, seguridad social.
A través de la figura de la agencia oficiosa se presenta la acción de tutela para reclamar la protección de los derechos fundamentales de una persona declarada judicialmente interdicta en virtud de la esquizofrenia indiferenciada que padece, a quien la entidad accionada le negó el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes causada por la muerte de su hermano, bajo el argumento de que dicha prestación había sido reconocida a favor de su progenitora.
Igualmente, para solicitar que no se dilate el pago de dineros adeudados por concepto de cesantías e indemnización por muerte del causante.
Se analiza temática relacionada con el marco jurídico para el reconocimiento de prestaciones causadas por la muerte de oficiales y suboficiales de la Fuerza Pública y sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para el pago de prestaciones sociales y derechos de contenido pensional.
Al no existir certeza que la titularidad del derecho prestacional reclamado se encuentra en cabeza del representado, dado que, a pesar de estar incluido en el orden de beneficiarios para acceder a la pensión originada por la muerte de su hermano, su progenitora, al cumplir las condiciones previstas en el orden preferencial de beneficiarios lo excluyó del derecho a recibir el pago de dicha pensión.
Se TUTELA el derecho al mínimo vital y solo se ordena el pago de los dineros adeudados y reclamados por concepto de cesantías e indemnización por muerte.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo de tutela proferido el 7 de diciembre de 2012 del Tribunal Superior de Buga - Sala Civil Familia-, en tanto nego el amparo constitucional incoado por la senora Luz Marina Arias Orozco, en beneficio de su hermano interdicto Francisco de Jesus Ruiz Orozco, contra la Division de Prestaciones Sociales de la Policia Nacional, respecto de la solicitud de reconocimiento y pago de la pension de sobreviviente. Y adicionar el fallo citado, TUTELANDO el derecho fundamental al minimo vital del senor Francisco de Jesus Ruiz Orozco, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la Division de Prestaciones Sociales de la Policia Nacional, que dentro de los cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, y a traves de su dependencia competente, realice la liquidacion de los intereses moratorios de las cesantias y de la indemnizacion por muerte del agente Milton Cesar Ruiz Orozco, desde el momento en que debio hacerse efectivo el pago de estas prestaciones, esto es, desde el 4 de marzo de 1994, fecha en la cual, la entidad accionada tuvo que haber notificado la resolucion 13077 de 10 de diciembre de 1993.
- Cumplido lo anterior, la Division de Prestaciones Sociales de la Policia Nacional, a traves de su dependencia competente, debera pagar dentro de los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, a la senora Luz Marina Arias Orozco, hermana y guardadora legitima del senor Francisco de Jesus Ruiz Orozco, los dineros adeudados por concepto de cesantias e indemnizacion por muerte, que fueron reconocidos mediante la Resolucion 13077 de 10 de diciembre de 1993, mas los respectivos intereses moratorios, que resulten de la liquidacion que realice la entidad.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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