T-485 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Myriam Ssarache Rueda·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fecha de estructuración de la invalidez desde el momento de la pérdida permanente y definitiva de la capacidad laboral
- Reconocimiento y pago por cuanto trabajador que padece enfermedad degenerativa laboró y siguió cotizando con posterioridad a la fecha de estructuración de invalidez
- Inaplicación del requisito de 50 semanas cotizadas con anterioridad a la fecha de estructuración por cuanto el accionante, a pesar de la enfermedad padecida, continuó cotizando al sistema
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez de forma definitiva
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
COLPENSIONES le negó a la actora el reconocimiento de la pensión de invalidez solicitada, argumentando que a pesar de tener una pérdida de capacidad laboral de un 78.70%, no cumplía, a la fecha de estructuración de la invalidez, con los requisitos establecidos en la Ley 860 de 2003, por cuanto no cotizó cincuenta semanas durante los tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
La peticionaria censura el hecho de que la accionada desconoció que, a pesar de sufrir una enfermedad de carácter degenerativo, continuó efectuando aportes al sistema con posterioridad a la supuesta fecha de estructuración.
Se abordan los siguientes temas: 1º.
Procedencia de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez de personas que padecen una enfermedad de carácter degenerativo. 2º.
Los requisitos necesarios para acceder a la pensión de invalidez contenidos en la legislación. 3º.
La aplicación del principio de primacía de la realidad respecto de personas declaradas inválidas cuando éstas han continuado realizando aportes al Sistema General de Pensiones.
Se CONCEDE la tutela de los derechos fundamentales a la igualdad ante la ley, a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria del 6 de diciembre de 2013, que modifico el fallo proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Lorica, del 23 de septiembre de 2013, en tanto denego la proteccion de los derechos fundamentales invocados por la senora Myriam Sarache Rueda.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales a la igualdad ante la ley, a la seguridad social, al minimo vital y a la vida digna.
- TERCERO. ORDENAR a Colpensiones que, teniendo en cuenta los argumentos esgrimidos en esta providencia y en el termino de 48 horas siguientes a la notificacion de este fallo, inicie los tramites pertinentes para que a la actora le sea reconocida de manera definitiva y empiece a pagarsele la pension de invalidez, lo cual no podra exceder el termino de 20 dias calendario.
- CUARTO. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.