T-482 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Claimant Maria Ines Lozano Leal·Respondent Icbf
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia de la acción de tutela para evitar un perjuicio irremediable pese a existir otro medio de defensa judicial
- Juez debe verificar si ante la existencia de otro medio de defensa judicial, éste es eficaz e idóneo
- Improcedencia por cuanto no se agotaron medios de defensa judicial y no se demostró perjuicio irremediable
- Reiteración de jurisprudencia
- Características
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se pretende con la acción de tutela que el ICBF revoque la Resolución a través de la cual ordenó el traslado de la actora a un centro zonal diferente al lugar donde venía desarrollaba sus funciones durante varios años.
Lo anterior, habida cuenta de sus condiciones particulares de salud y las de su hijo, quien requiere su especial atención.
En sede de revisión la Sala conoció que la orden de traslado cuestionada no se hizo efectiva y que las actuales condiciones laborales de la peticionaria no afectan su estado de salud, ni desmejoran su calidad de vida.
Consecuentemente con lo anterior, confirmó las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del 23 de enero de 2017 del Juzgado Dieciocho Administrativo Oral de Bogota, que declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por Maria Ines Lozano Leal en contra del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y que, a su vez, fue confirmada por el fallo del 6 de marzo de 2017, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa de la presente providencia.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.