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Tutela ruling (T)July 6, 2017

T-425 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Tomasa Cecilia Perez Martinez·Respondent Salud Total Eps Y Otro

✓
Topic · hard data
Reglas Jurisprudenciales En Materia De Subsidiariedad De La Accion De Tutela Frente Al Procedimiento Jurisdiccional Ante La Superintendencia Nacional De Salud.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
Funcion Jurisdiccional Por Superintendencia Nacional De Salud
  • Jurisprudencia constitucional
  • Características
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Configuración
  • Se autorizó procedimiento quirúrgico requerido por accionante
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Ley 1122/07
  • Confirió a Superintendencia Nacional de Salud facultades jurisdiccionales para adelantar procedimientos que resuelvan controversias entre entidades promotoras de salud y usuarios
Ley 1438/11
  • Reformó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ampliando el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud, e instituyó un procedimiento “preferente y sumario"
Principio De Subsidiariedad En Materia De Salud
  • Improcedencia de tutela por cuanto mecanismo jurisdiccional ante la Superintendencia de Salud es idóneo para la solución de controversias relacionadas con la prestación de servicios de salud
7 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se atribuye a Entidades Promotoras de Salud la vulneración de derechos fundamentales de las peticionarias, como consecuencia de negar la autorización de procedimientos quirúrgicos que les fueron ordenados por los médicos tratantes, por considerarlos de carácter estético.

La Corte concluye que, de acuerdo a la jurisprudencia reiterada de la Corporación, el mecanismo jurisdiccional ante la Superintendencia Nacional de Salud es principal y, en consecuencia, la tutela presenta un carácter residual.

Es decir, que la acción de amparo procede como mecanismo transitorio para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, en cuyo caso debe definirse si el perjuicio es inminente, su daño o menoscabo es grave, si las medidas para conjurarlo son urgentes y si la acción de tutela se torna impostergable debido a la urgencia o gravedad.

Igualmente precisa, que la acción procede excepcionalmente en los eventos en que derivado de un análisis se establezca que el mecanismo a surtirse ante la Supersalud no es idóneo o eficaz.

En un caso se declara la improcedencia de la solicitud de amparo y en el otro, la carencia actual de objeto por hecho superado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. En el expediente T-5.976.842, REVOCAR las sentencias proferidas el 12 de septiembre de 2016 por el Juzgado
  2. Segundo. de Ejecución Civil Municipal de Cartagena de Indias, en primera instancia, y el 19 de octubre de 2016 por el Juzgado
  3. Quinto. Civil del Circuito de Cartagena de Indias, en segunda instancia, que confirmó la decisión negar la acción de tutela interpuesta por la señora Tomasa Cecilia Pérez Martínez contra Salud Total EPS. En su lugar, declarar la IMPROCEDENCIA de la acción de amparo.
  4. SEGUNDO. ENVIAR copia del expediente T-5.976.842 a la Superintendencia Nacional de Salud, para que asuma el conocimiento inmediato del asunto y proceda a tramitarlo de acuerdo a la función jurisdiccional que le fue conferida.
  5. TERCERO. En el expediente T-6.039.132, REVOCAR la sentencia del 19 de octubre de 2016 proferida por el Juzgado
  6. Noveno. Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Medellín que negó el amparo de los derechos fundamentales de la señora Martha María Marín Orozco. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
  7. CUARTO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del Juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 70cited by 27 →T-425/17SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993SU.225/13 · cited 259 timesSU.225/132013T-576/08 · cited 247 timesT-576/082008T-519/92 — Derecho A La Educacion. Faltas Disciplinarias. Col. Salesiano(Dosquebradas). Negada. · cited 238 timesT-519/921992T-311/96 — No Pago De Incapacidades Medicas. Derecho A La Subsistencia. Prevalencia Delo Derecho Sustancial. Concedida. · cited 206 timesT-311/961996T-206/13 · cited 182 timesT-206/132013T-970/14 · cited 137 timesT-970/142014SU.124/18 — Sistema De Salud. Prevencion Y Deteccion Temprana De Cancer Como Prioridad De La Politica Publica En Salud. · cited 173 timesSU.124/182018T-375/18 — Accion De Tutela En Materia De Pago De Incapacidades Laborales Inferiores A 180 Dias. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judici · cited 104 timesT-375/182018T-387/18 — Tratamiento Integral Urgente Para Personas Con Sospecha O Diagnostico De Cancer. · cited 95 timesT-387/182018T-259/19 — Cubrimiento De Gastos De Transporte Para Paciente Y Acompañante. · cited 68 timesT-259/192019T-508/19 — Diagnostico Efectivo Constituye Un Componente Del Derecho Fundamental A La Salud. · cited 47 timesT-508/192019T-444/18 — Derecho A La Salud De Menor En Situacion De Discapacidad. · cited 46 timesT-444/182018T-170/19 — Derecho A La Salud Y A La Educacion Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes. Orden A Secretaria De Educacion De Proporcionar Acompañante D · cited 42 timesT-170/192019T-114/19 — Licencia De Paternidad. Requisito De Cotizacion Minima Para El Reconocimiento Y Pago. · cited 41 timesT-114/192019
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.