T-419 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Myriam Avila Roldán
✓Claimant Sonia Esther Wilches Ochoa·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia de tutela cuando afecta mínimo vital del trabajador y su familia
- El pago corresponde a la Administradora de Fondo de Pensiones previo concepto favorable de rehabilitación expedido por la EPS, según Decreto antitrámites
- Para que cancele las incapacidades a partir del día 181 y hasta que se restablezca salud o se califique pérdida de incapacidad laboral
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicita protección por el no pago de incapacidades laborales.
Temas a tratar: Procedencia de la acción de tutela para reclamar acreencias laborales, Requisitos de Subsidiariedad e inmediatez, Pago de incapacidades superiores a 180 días y responsabilidad de administradora de pensiones.
Se ordena pago de incapacidades laborales reconocidas por médico tratante hasta que se restablezca la salud o se califique pérdida de capacidad laboral.
Llamado a prevención para abstenerse de realizar conductas que lleven al no reconocimiento y pago de prestaciones económicas
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada por el el Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito de Barranquilla, que declaro improcedente el amparo constitucional reclamado por la senora Sonia Esther Wilches y, en su lugar, CONCEDER el amparo de sus derechos fundamentales a la dignidad humana, a la seguridad social y al minimo vital.
- Segundo. ORDENAR a Colpensiones que en el termino de 48 horas, contadas desde el momento de notificacion de esta providencia, le pague a la senora Sonia Esther Wilches, si no lo ha hecho, todas aquellas incapacidades laborales que le hayan sido reconocidas por su medico tratante. En particular, se cancelen los dias del 181 hasta que restablezca su salud o se califique de forma definitiva la perdida de su capacidad laboral.
- Tercero. PREVENIR Colpensiones, para que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar las conductas que llevaron al no reconocimiento y pago de las prestaciones economicas del Sistema General de Seguridad Social Integral, de conformidad con las razones esgrimidas en esta providencia.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.