T-362 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez
✓Claimant Blanca Cecilia Morales Acevedo·Respondent Cajanal Eice
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos y condiciones necesarias para su procedencia
- Procede sobre base de liquidación actualizado con el IPC
- Desarrollo de línea jurisprudencial
- Desconocimiento del carácter universal contemplado en sentencia C-862 de 2006
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Petición, seguridad social, debido proceso, igualdad y mínimo vital.
La accionante solicita la indexación de su mesada pensional, alega que es una persona de tercera edad y que su mesada pensional debería ascender a cuatro salarios mínimos y que tan solo se le esta reconociendo uno.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho a la indexación del salario base para liquidación de la primera mesada pensional y la procedencia de la solicitud por vía de tutela, se recuerda que el derecho a la indexación de la mesada pensional es un derecho universal, se cita la sentencia C-862 de 2006 concluyendo que la accionante es un sujeto de especial protección ya que pertenece a la tercera edad y además tiene a cargo a su madre de 101 años de edad, se encuentra que ya agotó la vía gubernativa, que la mesada pensional que percibe respecto de la que debería percibir es desproporcionada, por lo tanto la acción esta llamada a prosperar para amparar los derechos de la accionante, se ordena realizar la indexación de la mesada pensional.
Concede.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada por la Sala de Revision.
- SEGUNDO. CONFIRMAR parcialmente el fallo de tutela proferido por el Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogota D.C., el 25 de marzo de 2009, en cuanto tutelo el derecho de peticion de la actora, para que CAJANAL resolviera el recurso de reposicion interpuesto contra la Resolucion Ndeg 52308 de 21 de octubre de 2008.
- TERCERO. REVOCAR parcialmente el fallo de tutela proferido por el Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Bogota D.C., el 25 de marzo de 2009, por cuanto no amparo los demas derechos fundamentales invocados por la actora. En su lugar, se TUTELAN de manera definitiva, los derechos de la actora al minimo vital y a la vida digna.
- CUARTO. ORDENAR al Liquidador de la Caja Nacional de Prevision Social CAJANAL EICE en Liquidacion que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, deje sin efecto las resoluciones numero 17094 de 4 de mayo de 2009 y 52308 de 21 de octubre de 2008, reconozca, conforme se precisa en el punto 35 de la parte motiva, la indexacion de la primera mesada pensional de la actora, con fundamento en el salario base de liquidacion de la pension actualizado con la variacion del indice de precios al consumidor I.P.C. en el lapso 1981-1988, conforme a la jurisprudencia constitucional y legal, y, dentro del mismo termino, empiece a hacer el pago correspondiente. El valor de la pension de jubilacion se informara inmediatamente al Patrimonio Autonomo BUENFUTURO contratado con FIDUPREVISORA, para lo de su competencia.
- QUINTO. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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