T-250 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Maria Nieves Vera De Barreto·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar de manera transitoria, pensión de sobreviviente de esposo fallecido
- Procedencia excepcional
- Procedencia como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable pese a la existencia de otros medios de defensa judicial
- Protección constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Colpensiones le negó a la actora el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente reclamada en virtud del fallecimiento de su esposo, argumentando una supuesta irregularidad de la prueba testimonial y documental aportada que le impidió tener certeza sobre la existencia de vida marital con el causante hasta el momento de su muerte.
Se estudian los siguientes temas: 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento de derechos pensionales y, 2º.
La protección constitucional del derecho a la seguridad social y su relación con derecho al mínimo vital.
Se CONCEDE transitoriamente el amparo solicitado y, en consecuencia, se le indica a la actora que debe acudir a la jurisdicción ordinaria para obtener el reconocimiento definitivo de su derecho pensional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. LEVANTAR los términos suspendidos mediante auto del 8 de abril de 2015.
- Segundo. REVOCAR proferida por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil del 23 de septiembre de 2014, que a su vez confirmó la sentencia del 9 de septiembre de 2014 proferida por el Juzgado 39 Civil del Circuito de Bogotá. En su lugar CONCEDER transitoriamente el amparo a la señora María Nieves Vera de Barreto de sus derechos a la seguridad social y al mínimo vital. En consecuencia la accionante deberá acudir a la jurisdicción ordinaria dentro de los 4 meses siguientes a la notificación de esta providencia, para obtener el reconocimiento definitivo de su derecho pensional.
- Tercero. ORDENAR a COLPENSIONES, que dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esta sentencia y en los términos del numeral anterior, proceda a reconocer y pagar a la accionante la pensión de sobreviviente de su esposo fallecido Jaime Humberto Barreto Bulla, conforme al artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 13 de la Ley 797 de 2003, previa verificación del estado actual del pago de la prestación pensional, debido a la acreditación del fallecimiento de la señora María Leonor Martínez, quien era beneficiaria del causante en calidad de compañera permanente.
- Cuarto. COMPULSAR copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación para que investigue las posibles conductas disciplinables, en las que pudieron haber incurrido los funcionarios de COLPENSIONES, que omitieron prestar la colaboración debida a la Corte Constitucional, a que hace referencia el artículo 50 del Decreto 2067 de 1991.
- Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.