T-328 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Mercedes Maribel Lidueña Lozano·Respondent Junta Nacional De Calificacion De Invalidez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que la demandante padece cáncer de seno y se retiró de su actividad laboral desde el año 2007
- Naturaleza y régimen legal
- Caso en que se debe tomar como fecha la inicialmente establecida en el año 2007
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social, vida digna, mínimo vital, debido proceso, mínimo vital.
En el presente caso, la accionante considera que la fecha de estructuración señalada en el dictamen expedido por la Junta Nacional de Calificación y que le determinó una pérdida de la capacidad laboral de un 67.36%, a partir del 25 de febrero de 2010 no es razonable, en tanto que el cáncer que padece le impide trabajar desde el 2007, año en que solicitó y se le practicó la primera valoración, cuyo resultado impugnó por no estar de acuerdo con el porcentaje en él establecido.
La petición se encamina a que sea tenido en cuenta el resultado del último dictamen en cuanto al porcentaje de la pérdida de la capacidad laboral, pero con la fecha de estructuración del dictamen anterior, esto es, el 16 de mayo de 2007.
La Sala de Revisión decide tutelar los derechos a la seguridad social, debido proceso, dignidad humana y mínimo vital de la accionante y ordena a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez que expida un nuevo dictamen con el mismo porcentaje del último resultado, pero con fecha de estructuración del 2007.
CONCEDIDA
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias de fecha 18 de mayo y 21 de agosto de 2010, proferidas por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Barranquilla y el Tribunal Superior de Atlantico, respectivamente, que declararon improcedente la presente accion de tutela.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos a la seguridad social, debido proceso, dignidad humana y al minimo vital de la senora Mercedes Maribel Liduena Lozano, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta sentencia.
- TERCERO. En consecuencia ORDENAR a la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez., que en el termino de cinco (5) dias habiles a partir de la notificacion de esta sentencia, y con base en el dictamen proferido el 25 de febrero de 2010, expida a la senora Mercedes Maribel Liduena Lozano un nuevo dictamen con el mismo porcentaje de perdida de la capacidad laboral, pero teniendo como fecha de estructuracion el 16 de mayo de 2007, fecha inicialmente dada por el dictamen de Instituto de Seguro Social el 21 de diciembre de 2007.
- CUARTO. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que alude el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.