JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 17, 2008

T-349 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Claimant Francisco Izquierdo Y Otros·Respondent Leonor Zalabata Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al minimo vital en conexidad con la libertad religiosa, de cultos y de conciencia y del libre desarrollo de la personalidad de grupo de indigenas pertenecientes a una comunidad arhuaca que profesan la religion cristiana y que piden la efectividad de la proteccion que les fue concedida mediante sentencia su-510 de 1998.

Esa peticion la hacen en razon a que las autoridades indigenas tradicionales decidieron "ignorar y pasar por alto lo que beneficiaba a los indigenas cristianos en relacion con la libertad de cultos".

En este sentido, denuncian actos como la restriccion al â´derecho de poner a producir la tierraâ´, al acceso a la salud, a los subsidios de vivienda, todo lo anterior, con fundamento en el mismo argumento: â´todo eso es exclusivamente para los tradicionalesâ´.<br>ya en ultimas, según refieren, los forzaron a firmar un documento en el que se comprometian a no profesar su credo, y quienes no lo hicieron, fueron expulsados de la comunidad.<br>la sentencia se centro en los temas de: Procedencia de la accion de tutela contra decisiones de las autoridades de pueblos indigenas y la sentencia su-510 de 1998 como precedente en esta materia.<br>inicialmente, la corte admitio la viabilidad de la accion en consideracion a la falta de medios idoneos para la defensa de los afectados, pero reiterando su aplicación unicamente frente a los involucrados en la accion.<br>despues de revisadas las circunstancias facticas y juridicas que motivaron la sentencia de la referencia, la sala recordo que "la identidad cultural de los pueblos indigenas y tribales es un derecho fundamental de dichos grupos considerados como sujetos colectivos , mas no una obliacion subjetiva de cada uno de sus integrantes.<br>asi, las cargas impuestas por las autoridades indigenas con el proposito de preservar las tradiciones culturales del resguasdo, resultan â´insoportablesâ´ para los arhuacos cristianos, que estan en su derecho de apartarse de estas tradiciones.<br>ahora bien, el problema que emerge en el siguiente caso es que, esacomunidades arhuacas cristianas tuvieron que emigrar del resguardo y en este momento se encuentran en condiciones de extrema pobreza "como consecuencia de la falta de tierra y de las dificultades para el acceso a la prestacion de los servicios publicos.

Por ello, se libraron ordenes exhortando a ciertas autoridades publicas para que atiendan las necesidades de estos grupos que tambien son indigenas -no se tutelo en contra de las autoridades indigenas- concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. Levantar la suspension de terminos decretada por el magistrado sustanciador mediante auto de 16 de julio de 2007.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la Sentencia proferida el trece (13) de febrero de dos mil siete (2007) por el Juzgado
  3. Tercero. Penal del Circuito de Valledupar, que decidio NEGAR la presente accion de tutela, en cuanto ella se dirige en contra de las autoridades indigenas del Pueblo Arhuaco.
  4. TERCERO. CONCEDER la tutela para la proteccion del minimo vital de subsistencia de los demandantes, en conexion con el ejercicio, fuera del Resguardo Arhuaco, de sus libertades religiosa, de cultos y de conciencia y del derecho al libre desarrollo de la personalidad. Para esos efectos: a) ORDENAR al Ministerio de Hacienda y Credito Publico que, en el termino de tres meses contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, actualice los montos de las transferencias para propositos generales, salud y educacion que de conformidad con la Ley le correspondan al municipio de Pueblo Bello, Cesar, previa revision del censo poblacional y del indice de necesidades basicas insatisfechas de ese municipio, llevada a cabo por las autoridades competentes. b) ORDENAR al alcalde Pueblo Bello, Cesar, cooperar con las autoridades nacionales para la actualizacion del censo poblacional y de la informacion relativa al indice de necesidades basicas insatisfechas de ese municipio. c) EXHORTAR al alcalde de Pueblo Bello, Cesar, para que, dentro del plan de desarrollo y los presupuestos del municipio, se establezcan los mecanismos de financiacion pertinentes que permitan atender las necesidades basicas insatisfechas de toda la poblacion local, incluyendo a los indigenas evangelicos.
  5. CUARTO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 11cited by 16 →T-349/08SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997SU.510/98 — Libertad De Cultos. Der. A La Identidad E Integridad Cultural. Minorias Evangelicas En La Comunidad Arhuaca. Negada · cited 163 timesSU.510/981998C-139/96 — Ley 89 De 1890. Arts. 15 Y 40. Indigenas. Inexequible. · cited 112 timesC-139/961996T-1130/03 — Derechos Al Debido Proceso De Comerciantes. Inacutacion De Bienes Por Contrabando En La Zona De Regimen Especial Aduanero. Solicitud Devoluc · cited 56 timesT-1130/032003T-266/99 — Debido Proceso. Jurisdiccion Indigena. Indebida Declaracion De Ausencia. Principio Non Bis In Idem. Concedida. · cited 40 timesT-266/991999T-606/01 — Derechos Fundamentales De Los Indigenas. Autonomia Indigena. Ambito Territorial De Los Resguardos Indigenas. Debido Proceso. Indefension. Tu · cited 38 timesT-606/012001T-026/05 · cited 30 timesT-026/052005T-048/02 — Derecho Al Debido Proceso Defensa Y Presuncion De Inocencia. Redencion De La Pena De Destierro. Proteccion A La Familia Y Terceros. Exclusio · cited 25 timesT-048/022002C-882/11 — Reforma Constitucional Introducida Al Artículo 49 De La Constitucion Politica. No Requería La Realización De Consulta Previa A Las Comunidad · cited 98 timesC-882/112011C-063/10 — Afiliacion Al Sistema De Seguridad Social En Salud De La Poblacion Indigena Desplazada. Reconocimiento Desde El Momento De Inscripción En El · cited 86 timesC-063/102010T-973/09 · cited 73 timesT-973/092009T-208/19 — Ejercicio De La Jurisdiccion Especial Indigena. Limites. · cited 64 timesT-208/192019T-005/16 — Derechos Fundamentales De Comunidad Indigena Arhuaca. Vulneracion Por Instalacion De Base Militar Y Antenas De Telecomunicaciones En Cerro E · cited 47 timesT-005/162016T-601/11 · cited 38 timesT-601/112011T-849/14 · cited 30 timesT-849/142014T-103/18 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Indigena. Vulneracion Por Supersalud Al Trasladar A Los Usuarios De Epsi Intervenida A Otras Eps Q · cited 24 timesT-103/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.