JurídicoESEN
Tutela ruling (T)May 3, 2012

T-329 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Gustavo Angulo Mira·Respondent Instituto De Seguros Sociales

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela De Historiador Adulto Mayor Contra Instituto De Seguros Sociales
  • Reconocimiento y pago de la pensión de vejez equivalente cuando menos a un salario mínimo mensual legal debidamente indexada
Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Procedencia por configuración de un perjuicio irremediable pese a la existencia de otros mecanismos judiciales
Creador Y Gestor Cultural
  • Delimitación de los conceptos
Derechos Adquiridos En Materia Laboral
  • Prohíbe la retroactividad de la ley
Derechos Adquiridos
  • Intangibilidad
  • Derechos que han ingresado definitivamente y hacen parte del patrimonio de la persona
  • Nueva legislación derogatoria no puede afectarlos pues ya se había consolidado el derecho
Principio Democratico
  • Límites al margen de configuración del derecho del Congreso de la República en materia de derechos adquiridos
Riquezas Culturales Y Naturales De La Nacion
  • Protección por parte del Estado y de las personas
Seguridad Social En Materia Pensional
  • Derecho de toda persona de la tercera edad
Accion De Tutela De Historiador Adulto Mayor
  • Traslado de cotizaciones faltantes del Ministerio de Cultura para acceder a la pensión de vejez equivalente cuando menos a un salario mínimo mensual legal debidamente indexada
Derecho Al Minimo Vital De Adulto Mayor
  • Acceso a la pensión vitalicia como gestor y creador cultural
Derecho A La Seguridad Social De Los Adultos Mayores
  • Acceso irrenunciable a la pensión de vejez
Derecho A La Seguridad Social
  • Fundamental e irrenunciable
Estado
  • Creación de incentivos para personas en instituciones que desarrollen y fomenten la cultura
  • Promoción y fomento del acceso a la cultura en igualdad de oportunidades
Ministerio De Cultura
  • Regulación de condiciones y requisitos materiales para acreditar la profesión de gestor o creador cultural
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela Para Reconocimiento De Pension De Vejez
  • Procedencia por cuanto medios de defensa ordinarios no son efectivos
Adulto Mayor
  • Sujeto de especial protección constitucional
22 topics · 26 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vida en condiciones dignas, mínimo vital, seguridad social, adulto mayor.

El demandante cuenta con ochenta y cuatro años de edad y le solicitó al ISS el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, por su calidad de gestor cultural tanto al servicio del gobierno departamental de Antioquia, como de la empresa privada, prestación que fue denegada en varias oportunidades.

La Sala analiza si el peticionario tiene un derecho constitucional de acceder a la pensión de vejez en su calidad de historiador activo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la ley 397 de 1997, que estuvo vigente hasta 2003, cuando fue derogado por la Ley 797 de ese año.

Para resolver el problema jurídico, se reitera jurisprudencia relacionada con la especial protección constitucional de los adultos mayores, el derecho irrenunciable a la pensión de vejez en tanto componente del derecho fundamental a la seguridad social y, la noción de los derechos adquiridos en materia pensional y la obligación del Estado a todo nivel de respetarlos.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se imparten unas órdenes tanto al Ministerio de Cultura como al ISS, tendientes a garantizarle al actor el reconocimiento y pago de una pensión de vejez, que equivalga, cuando menos, a un salario mínimo legal vigente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 30 de septiembre de 2011 por el Tribunal Superior de Medellin - Sala Tercera de Decision Civil, que a su vez confirmo el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado
  2. Decimo. Civil del Circuito de Medellin, en las cuales se nego la tutela de la referencia. En su lugar, TUTELAR los derechos del senor Gustavo Angulo Mira a la vida en condiciones dignas y al minimo vital (art. 11, C.P.), a la seguridad social (art. 48, C.P.) y a la especial proteccion del Estado en su condicion de adulto mayor (art. 46, C.P.).
  3. Segundo. En consecuencia, se ORDENA al Ministerio de Cultura, a traves de la senora Ministra de Cultura o quien haga sus veces, que dentro del termino maximo de un mes, contado a partir de la notificacion de la presente providencia, realice las gestiones administrativas y presupuestales necesarias para que se efectue materialmente al ISS el traslado de las cotizaciones faltantes para que el senor Angulo Mira acceda bajo la legislacion actualmente vigente a una pension de vejez que equivalga, cuando menos, a un salario minimo mensual legal.
  4. Tercero. Se ORDENA a la Presidenta del Instituto de Seguros Sociales que una vez reciba el monto correspondiente a las cotizaciones adeudadas por el Ministerio de Cultura, dentro de un termino maximo de quince (15) dias habiles contados a partir de entonces de instrucciones a quien corresponda, para que se reconozca y pague la pension de vejez al senor Gustavo Angulo Mira. Esta pension debe equivaler, cuando menos, a un salario minimo mensual legal vigente, y debe ser debidamente indexada y actualizada de conformidad con los estandares constitucionales, a partir del dia
  5. primero. (1o) de junio del ano 2012.
  6. Cuarto. Copia del pago de las cotizaciones que realice el Ministerio de Cultura debera ser enviada al Despacho de la Magistrada Ponente, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su pago.
  7. Quinto. Copia del acto administrativo mediante el cual se reconozca al senor Gustavo Angulo Mira su pension de vejez debera ser enviada al Despacho de la Magistrada Ponente, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su adopcion, y al Delegado Regional de Antioquia, de la Defensoria del Pueblo, para que realice seguimiento al cumplimiento de esta sentencia.
  8. Sexto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceJaime Araujo Rentería
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 17cited by 14 →T-329/12C-428/09 — Requisito De Semanas De Cotizacion Para Pension De Invalidez. Aumento En El Número De Semanas No Vulnera Principio De Progresividad Del Dere · cited 303 timesC-428/092009C-478/98 — Ley 223/95. Art. 285 Parcial. Racionalizacion Tributaria. Derogatorias Y Vigencias. Exequible. · cited 291 timesC-478/981998C-789/02 — Regimen De Transicion En Pensiones. Traslado Nuevamente Al Régimen De Prima Media · cited 261 timesC-789/022002C-168/95 — Ley 100/93. Arts 11 Y 36 Parciales. Y 288. Campo De Aplicacion. Regimen De Transicion. Exequibles E Inexequibles. · cited 259 timesC-168/951995C-038/04 — Indemnizacion Por Falta De Pago. Trato Diferente A Favor De Quienes Perciben Hasta Un Salario Mínimo Mensual Vigente · cited 207 timesC-038/042004C-754/04 — Derecho Al Regimen De Transicion En Pensiones. Consolidación De Una Situación Concreta Que No Se Puede Menoscabar · cited 124 timesC-754/042004C-350/97 — Ley 335/96. Arts. 1281011131620212526 Y 28 Parciales. Por La Cual Se Modifica La Ley De Television. Exequibles E Inexequibles. · cited 88 timesC-350/971997C-177/05 — Principio De No Menoscabo De Los Derechos De Los Trabajadores. Aplicación De Leyes Laborales En Los Contratos De Trabajo Que Se Encuentren V · cited 70 timesC-177/052005T-252/17 — Deber De Proteccion Del Estado Al Adulto Mayor. Acceso Efectivo A Programas Prestacionales Y Asistenciales En Hospital Geriatrico. · cited 62 timesT-252/172017T-019/16 — Procedencia De La Accion De Tutela Para Reclamar Acreencias Laborales. Proteccion Especial Al Adulto Mayor. El Derecho A La Seguridad Social · cited 50 timesT-019/162016T-107/19 — Accion De Tutela Contra Providencias Judicales. Procedencia Por Defecto Factico, Por Omitir Valoración Probatoria En Proceso De Reparacion D · cited 16 timesT-107/192019SU.566/15 — Limites Al Regimen De Transicion Especial Y Especialisimo De Congresistas Cuyo Derecho Fue Reconocido Con Anterioridad A La Ley 4 De 1992. · cited 12 timesSU.566/152015T-011/14 · cited 8 timesT-011/142014C-421/16 — Pensión Especial Deportistas. Modificación Del Término “pensión” Por El De “estímulo” A Las Glorias Del Deporte. · cited 7 timesC-421/162016T-316/24 — Accesibilidad, Continuidad E Integralidad Del Derecho A La Salud-Acceso A Servicios Y Tecnologías Ordenadas Por El Médico Tratante (Transpor · cited 3 timesT-316/242024T-333/15 — Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad. Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. · cited 3 timesT-333/152015
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.