T-294 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Betty Yalile Bacca Y Otro Vs. Juzgado Tercero Civil Del Circuito De Tunja Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Elementos que deben concurrir
- Procedencia cuando se han ejercido los recursos legales
- Improcedencia por cuanto no ejercieron los recursos legales disponibles
- Inmediatez no puede argumentarse para negarla por cuanto proceso sigue en curso
- Inmediatez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso al acceso a la administracion de justicia a la igualdad y a la vivienda en condiciones dignas de deudores hipotecarios que incurrieron en mora en el pago de sus creditos y contra quienes se inicio proceso ejecutivo hipotecario en el año 2002 siendo librado mandamiento de pago.
Manifiestan los accionantes que la liquidacion del credito nunca fue efectuada de acuerdo a lo ordenado por la ley a pesar de solicitudes al respecto con anterioridad a la iniciacion del proceso ejecutivo hipotecario.
Solicitan se ordene reliquidar el credito hipotecario a su cargo y la suspension del proceso.
Tutela contra providencias judiciales.
Condiciones basicas para la procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales proferidas en el curso de procesos ejecutivos.
La inmediatez de la acción de tutela en el proceso ejecutivo hipotecario se verifica cuando el proceso sigue en curso.
La acción de tutela contra providencias judiciales procede cuando el accionante ha ejercido los recursos legales disponibles dentro de la oportunidad procesal prevista para el efecto.
La corte ha reiterado la jurisprudencia relativa a la improcedibilidad de la acción cuando el demandado en un proceso ejecutivo hipotecario - accionante de la tutela - no ha utilizado los medios legales disponibles dentro de esta clase de procesos.
Los accionantes demandados dentro del proceso ejecutivo adelantado ante juzgado tercero civil de circuito de tunja y central de inversiones s.a.
No hicieron uso de los medios de defensa procesales a su alcance para controvertir las actuaciones del despacho judicial.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida en segunda instancia por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 24 de noviembre de 2005 en la acción de tutela instaurada por instaurada por Betty Yalile Bacca y Nelson Uribe Pérez contra el Juzgado
- Tercero. Civil de Circuito de Tunja y Central de Inversiones S.A., por las razones aducidas en la parte motiva de la presente providencia.
- Segundo. ORDENAR que, en aras de garantizar la efectividad de la acción de tutela, se notifique este fallo a las partes dentro de los dos (2) días siguientes a su recepción.
- Tercero. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.