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Tutela ruling (T)October 10, 2008

T-987 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández

✓Claimant Roxana Marcela Castañeda López En Representación De Su Hija Thaliana Valentina Galindo Castañeda·Respondent Alcaldía Municipal De Apulo Cundinamarca

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio De Inmediatez Como Requisito De Procedibilidad De La Accion De Tutela
  • Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
Contrato De Prestacion De Servicios
  • Como no existe una relación laboral las partes tienen deberes recíprocos en la afiliación al sistema
Estabilidad Laboral Reforzada De Trabajadoras En Estado De Embarazo Vinculadas Por Contrato De Prestacion De Servicios
  • Caso en que se encuentran demostrados los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional
Justicia Laboral
  • En este caso es la competente para conocer de las pretensiones relacionadas con la existencia del vínculo laboral, el pago de la licencia de maternidad y prestaciones sociales
6 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al trabajo, vida, salud, igualdad, dignidad humana y protección de la mujer embarazada y del recien nacido a gozar de un mínimo vital.

La accionante trabajaba en la entidad accionada a partir del año 2006, en la casa de la cultura con una asignación mensual de $550.000, y nunca le fue cancelado y menos exigido el pago de aportes a seguridad social.

En julio de 2007 se enteró que estaba embarazada y procedió a comunicar a la accionada su estado como su embarazo era de alto riesgo fue incapacitada inicialmente por 30 días prorrogandosele por 15 días más.

La nueva administración municipal a pesar de que mediaba incapacidad médica la retiró del servicio sin autorización de las autoridades laborales, tuvo a su bebe prematuramente y los gastos médicos fueron cubiertos en parte por el sisben y por familiares y amigos, manifiesta que no cuenta con medios económicos para sufragar los gastos de ella y de su hija, por lo que solicita su reintegro.

Estabilidad.

Laboral reforzada de trabajadoras en estado de embarazo vinculadas por medio de contrato de prestación de servicios.

No se demostró una causa justa para la no renovación del contrato, por lo que se ordenará reintegrarla al cargo que venía desempeñando o a uno de superior jerarquía y reconocer los montos dejados de percibir durante la interrupción contractual.

Concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Civil del Circuito de la Mesa Cundinamarca que denegó el amparo solicitado. En su lugar, TUTELAR por las razones y en los términos de esta sentencia, los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, al trabajo, a la condición especial de la mujer embarazada y el mínimo vital de la señora Roxana Castañeda López en nombre propio y en representación de su hija Thaliana Valentina Galindo Castañeda.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la alcaldía municipal de Apulo Cundinamarca, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, si aún no lo hubiere hecho, restablezca la relación contractual con la peticionaria al cargo que venía desempeñando o a uno equivalente o superior, en las mismas o mejores condiciones que se venía desarrollando.
  3. Adicionalmente, la alcaldía del municipio de Apulo reconocerá a la señora Roxana Castañeda López los montos dejados de percibir durante la interrupción contractual, es decir desde la fecha en que debió haberse renovado el contrato y hasta la fecha en que se haga efectiva esta decisión.
  4. TERCERO. ADVERTIR a la señora Roxana Castañeda López que si lo considera pertinente, podrá acudir a la jurisdicción laboral para que determine la relación laboral que exista entre el municipio y ella, con el fin de que determine sobre el derecho que tenga al pago de indemnizaciones, salarios y prestaciones sociales dejadas de percibir, para lo cual podrá exponer las pruebas y argumentos que considere pertinentes ante dicha jurisdicción.
  5. CUARTO. ADVERTIR a la alcaldía municipal de Apulo Cundinamarca sobre el deber que tiene con el sistema de seguridad social integral al momento de liquidar los contratos, debiendo verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de los contratistas frente a los aportes a la seguridad social durante toda su vigencia.
  6. QUINTO. LÍBRESE por Secretaria General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.