T-179 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Juana Ramona Rocha De Romero·Respondent Electricaribe S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia general
- Improcedencia por cuanto no se cumple con el requisito de subsidiariedad
- Improcedencia por cuanto no se demostró la ocurrencia de un perjuicio irremediable sufrido por los accionados ni su núcleo familiar que amenace un derecho fundamental
- Diferenciación entre los riesgos, la amenaza o la vulneración que pueden sufrir los derechos fundamentales
- Caracterización de los riesgos frente a los cuales se protege
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Aducen los accionantes que durante 30 años han soportado las perturbaciones que la planta de energía colindante a su residencia les ha provocado, así como las originadas recientemente por la construcción, en el mismo lugar, de un centro de servicios generales.
Según ellos, esta construcción provoca malos olores de carácter sanitario, por químicos y demás materiales empleados para lavar los techos de la planta.
Igualmente, filtraciones de aguas negras que alcanzan las bases de los muros que delimitan su propiedad; presencia de plagas que provienen de la empresa en época de fumigación y que se resguardan en su casa y, afectación en la salud por ondas electromagnéticas.
También alegan los indebidos cobros ejecutados por Electricaribe en los años 2013 y 2014 en razón de la prestación del servicio de energía, cuyos montos, en su parecer, excedieron el valor real consumido.
Solicitan que se ordene a la empresa la demolición inmediata del centro de servicios generales, que les paguen una indemnización por un monto de cuatrocientos millones de pesos por los daños y perjuicios causados durante 30 años, el traslado de la planta de energía a otra zona y la no suspensión del servicio de energía de manera unilateral.
Se analizan los siguientes ejes temáticos: 1º.
La afectación de derechos fundamentales con ocasión de obras y construcciones colindantes con otros predios. 2º.
La improcedencia de la acción de tutela cuando se cuenta con otros mecanismo de defensa judicial, excepto si media un perjuicio irremediable y, 3º.
La reclamación mediante tutela de indemnización por daños y perjuicios.
La Corte considera que la acción de tutela es improcedente por el incumplimiento del requisito de subsidiariedad, porque no es la acción pertinente para la protección de derechos patrimoniales y, porque no se demostró la ocurrencia de un perjuicio irremediable sufrido por los accionantes o por su núcleo familiar que amenace un derecho fundamental.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR el fallo del 15 de agosto de 2014, proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Barranquilla dentro de la tutela interpuesta por Juana Ramona Rocha de Romero y Alfonso Romero Jiménez contra Electricaribe S.A.
- Segundo. LÍBRESE por la Secretaría General de esta Corporación la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.