T-155 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Sigifredo Fonseca Gonzalez·Respondent Jael Johana Castro Leon
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Dimensiones del acto comunicativo
- No es un derecho absoluto
- Elementos normativos contenidos en el artículo 20 de la Constitución Política
- Parámetros constitucionales para establecer el grado de protección
- Deber de ponderación de los derechos en tensión por publicaciones difundidas en internet
- Tipos de discurso protegidos
- Parámetros internacionales de protección y su aplicación en la jurisprudencia constitucional colombiana
- No vulneración por cuanto publicación compartida en su cuenta personal de Facebook representa opinión y no una información
- Alcance y contenido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En el presente caso, se atribuye la vulneración de los derechos fundamentales a una publicación realizada por la accionada en la red social Facebook, en la cual indica que el accionante, quien es servidor público, pertenece a un cartel de la corrupción al interior del Hospital Universitario de Santander y acompaña con fotografías y nombres de otros directivos de la entidad.
Solicita que se protejan sus derechos al buen nombre, a la honra y a la intimidad y que se ordene a la accionada eliminar la referida publicación y presentar en la red, las disculpas por la afectación causada.
La Sala analiza la jurisprudencia constitucional sobre los derechos invocados; aborda aspectos relacionados con el derecho a la libertad de expresión y libertad de expresión en internet, e indica algunos parámetros constitucionales para establecer el grado de protección que debe recibir la libertad de expresión, cuando entra en conflicto con derechos de terceras personas.
La Corte concluye que no se vulneran los derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y a la intimidad de un servidor público, cuando un ciudadano en ejercicio de su libertad de expresión y de su derecho a ejercer control al poder político, lo cuestiona y relaciona con la comisión de actuaciones contrarias a la ley, si sus afirmaciones representan una opinión y no una supuesta información.
Se NIEGA el amparo invocado
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Por las razones y en los terminos de esta providencia, REVOCAR las sentencias proferidas el 20 de febrero de 2018 por el Juzgado Diecisiete Civil Municipal de Bucaramanga, y el 3 de abril de 2018 por el Juzgado
- Septimo. Civil del Circuito de Bucaramanga. En su lugar, NEGAR el amparo a los derechos fundamentales del senor Sigifredo Fonseca Gonzalez.
- Segundo. ADVERTIR a Sigifredo Fonseca Gonzalez y a Jael Johana Castro Leon que, en caso de que alguno de los dos este interesado en publicar y difundir la parte resolutiva de la presente sentencia a la comunidad de trabajadores del Hospital Universitario de Santander, podra hacerlo en las mismas condiciones de modo, tiempo y lugar que utilizo el senor Sigifredo Fonseca Gonzalez para comunicar la parte resolutiva de la sentencia de tutela de primera instancia.
- Tercero. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaria General de la Corte Constitucional-, asi como DISPONER las notificaciones a las partes -a traves del Juez de tutela de instancia-, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.