T-1302 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Blanca Cecilia Perez Men Doza Vs. Famisalud Ars.·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Suministro de medicamentos
- Información al afiliado sobre suministro de medicamentos
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Cúcuta, proferida el 26 de junio de 2001, y en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud e igualdad de la señora Blanca Cecilia Pérez Mendoza.
- Segundo. En consecuencia ORDENAR al Gerente Regional de Norte de Santander de Famisalud Comfanorte ARS-Cajasalud ARS UT, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de esta sentencia, informe detalladamente a la señora Pérez Mendoza en la calle 10 No. 1 -67 barrio Motilones, y en la Oficina para la Protección de los Derechos Humanos y la Paz, ubicada en la Avenida 0 No. 9-58 primer piso del Edificio Rosetal (Teléfonos 5716353 y 5836229), las posibilidades que para la atención de su salud, en cuanto a servicios y medicamentos, se derivan del régimen contemplado en el artículo 31 del Decreto 806 de 1998.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría Departamental de Salud de Norte de Santander que en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de esta sentencia, autorice los medicamentos ordenados a la señora Pérez Mendoza por el médico tratante, y le informe si puede seguirlos reclamando a través de la Liga de Lucha contra el Cáncer -Capítulo Norte de Santander-, o bien, qué entidades públicas o privadas de la ciudad de Cúcuta, que tengan contrato vigente con el Estado, están en capacidad de suministrar los mencionados medicamentos.
- Cuarto. ORDENAR a Famisalud Comfanorte ARS-Cajasalud ARS UT que coordine con la entidad estatal o privada que finalmente deba suministrar los medicamentos demandados - excluidos del POS-S-, lo referente a la entrega de los mismos. Lo anterior deberá hacerse sin dilaciones ni omisiones injustificadas, siempre que se cumplan los requisitos normativos vigentes y se observe el procedimiento establecido.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación señalada por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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