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Tutela ruling (T)November 28, 2005

T-1227 de 2005

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Araujo Rentería

✓Claimant Daniel Andres Barreto Prada Vs. Corporación Educativa Minuto De Dios

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Protección a la educación en caso de incumplimiento en el pago de pensiones y matriculas
Derecho A La Educación
  • Alcance en el ámbito constitucional
  • Casos en los cuales se torna fundamental
  • Conexidad con otros derechos de rango fundamental
  • Requisito para el ejercicio de otras garantías reconocidas a las personas
  • Retención certificado de estudios por no pago de pensión
Educacion Privada
  • Entrega de certificados académicos debe estar precedida por un acuerdo de pago para la cancelación de la deuda y así no fomentar la cultura del no pago
  • Conflicto entre equilibrio financiero y el derecho a la educación
3 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la educacion y al libre desarrollo de la personalidad de joven a quien por mora en el pago de las pensiones la institución se niega a expedirle el diploma de bachiller y los certificados de terminación de estudios secundarios para continuar sus estudios.

Solicita se ordene a la corporacion otorgar el diploma y la expedicon de los certificados.

Alcance del derecho a la educación en el ámbito constitucional.

Situaciones en que el derecho a la educacion adquiere el caracter de derecho fundamental.

La protección del derecho a la educación en casos en los cuales se encuentra en tensión frente a los derechos patrimoniales y contractuales de las instituciones de enseñanza de carácter privado.

La acción de tutela contra particulares es procedente en tres hipótesis establecidas en el artículo 86 del texto fundamental a saber: "a.

Cuando estos se encuentren encargados de la prestación de un servicio público; B.

Cuando su conducta afecte grave y directamente el interés colectivo y c.

Respecto de quienes se halle en estado de subordinación e indefensión".

Concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia de 14 de Julio de 2005, por medio de la cual el Juzgado Sesenta y cinco Civil Municipal de Bogota decidio negar el amparo solicitado por Daniel Andres Barrero Prada, en la demanda de tutela que interpuso contra la Corporacion Educativa Minuto de Dios. En su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales a la educacion y el libre desarrollo de la personalidad del joven Daniel Andres Barrero Prada.
  2. Segundo. CONFIRMAR la orden proferida por el Juzgado Sesenta y Cinco (65) Civil Municipal de Bogota en la cual establecio que la Corporacion Educativa Minuto de Dios debera certificar a la entidad competente sobre la terminacion y aprobacion de estudios alli cursados con el fin de que el demandante defina su situacion militar.
  3. Tercero. ORDENAR que el senor Daniel Andres Barrero y el representante legal de la Corporacion Educativa Minuto de Dios, dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, acuerden una forma de pago de la deuda pendiente, en consideracion a la capacidad economica del deudor.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Corporacion Minuto de Dios que una vez celebrado el acuerdo de pago, los certificados de estudio y el acta de grado o el diploma que acreditan como bachiller al senor Daniel Andres Barrero, le sean entregados al actor en el termino de 48 horas contados a partir del vencimiento del termino senalado en el numeral anterior.
  5. Quinto. PREVENIR al ente demandado para que los documentos a los que se refiere el numeral anterior que le sean entregados al actor no contengan anotaciones u observaciones que hagan alusion a la deuda pendiente o a la manera en la cual fue obtenida la documentacion.
  6. Sexto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.