T-112 de 2018
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Jose Francisco Vallejo Cussi·Respondent Ministerio De Interior Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto no se evidencia un incumplimiento de los acuerdos suscritos, sino una dilación en la implementación de los mismos
- Reglas de procedencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante, actuando en su calidad de Gobernador de la Parcialidad Indígena de la Laguna de Pejendino, considera que las entidades demandadas vulneraron derechos fundamentales al omitir el cumplimiento de varios de los compromisos alcanzados en la consulta previa que se hizo con esa comunidad en el año 2012, en el marco del proyecto de infraestructura “Rumichaca-Pasto-Chachagüí-Aeropuerto” adjudicado al concesionario DEVINAR.
Se aborda temática relacionada con el contenido y alcance del derecho fundamental a la consulta previa.
Pese a negar la protección de la precitada garantía constitucional, la Corte advierte a la Agencia Nacional de Infraestructura, siempre que a ello hubiere lugar, que en el proceso de estructuración del mencionado proyecto reajuste los acuerdos pendientes a ser ejecutados con la parcialidad indígena accionante, en el marco de la consulta previa inicialmente celebrada con esa comunidad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, para participar en la deliberación y decisión en el proceso de la referencia, y en consecuencia SEPARAR a la mencionada magistrada del conocimiento del proceso.
- Segundo. REVOCAR por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño - Sala de Decisión del Sistema Oral, del diez (10) de mayo de dos mil diecisiete, la cual declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por José Francisco Vallejo Cussi en contra de la Agencia Nacional de Infraestructura y el Ministerio del Interior - Dirección de Consulta Previa, y en su lugar NEGAR la protección del derecho fundamental a la consulta previa, por las razones expuestas en la presente sentencia.
- Tercero. ADVERTIR a la Agencia Nacional de Infraestructura, siempre que a ello hubiere lugar, que en el proceso de estructuración del proyecto de infraestructura que continuará las obras del corredor "Rumichaca - Pasto - Chahagüi - Aeropuerto", reajuste los acuerdos pendientes a ser ejecutados con la Parcialidad Indígena de la Laguna Pejendino, en el marco de la consulta previa inicialmente celebrada con dicha Comunidad.
- Cuarto. LIBRAR, a través de la Secretaría General, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991. así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través de Tribunal Administrativo de Nariño - Sala de Decisión del Sistema Oral, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.