T-1082 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Alvaro Sanmiguel Vs. Juzgado Decimo Civil Municipal De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Análisis de sentencias de constitucionalidad y tutela
- Cuando haya serias dudas sobre la existencia del contrato de arrendamiento no debe exigírsele al demandado la prueba del pago de los cánones
- Procedencia de tutela por cuanto decisión se apoyó en una prueba que no permitía demostrar existencia del contrato
- Pago de cánones de arrendamiento para poder ser oído
- Se incurrió en un defecto fáctico por cuanto decisión se apoyó en una prueba que no permitía demostrar existencia del contrato
- Caso en que se negó al demandado en proceso de restitución de inmueble arrendado posibilidad de ser oído por el no pago de los cánones de arrendamiento
- En la sentencia C-590/05 la Corte Constitucional sistematizó y unificó los requisitos de procedencia y motivos de procedibilidad
- Carga de la prueba en causal de no pago del arrendamiento
- Excepción a la presentación de recibos de pago o consignación de los cánones para ser oído en juicio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al acceso a la administracion de justicia y al dedido proceso en lo que se refiere a las garantias de defensa y contradiccion probatoria de demandado en proceso de restitucion de inmueble arrendado que aduce su calidad no de arrendatario sino de poseedor y en el que la decision del juzgado que conocio de la demanda fue adoptada sin dar tramite a la contestacion de la demanda ni al incidente de nulidad propuesto.solicita se deje sin efecto lo actuado en el proceso a partir del auto admisorio de la demanda y se ordene iniciar el tramite garantizando el debido proceso.tutela contra providencias judiciales.
Procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.
Constitucionalidad de la carga procesal del demandado de consignar el valor total de los canones de arrendamiento adeudado o presentar los correspondientes recibos de pago o de consignacion a fin de poder ser oido dentro del proceso de restitucion de inmueble arrendado.
Cuando hayan serias dudas sobre la existencia del contrato de arrendamiento ya sea porque han sido alegadas razonablemente por las partes o porqie el juez asi lo constato de los hechos que se encuentran probados no debe exigirsele al demandado para ser oido dentro del proceso de restitucion de inmueble arrendado la prueba del pago o la consignacion de los canones supuestamente adeudados.
En el presente caso existen serias dudas sobre la existencia real del contrato de arrendamiento y en consecuencia el juez no podia exigirle al demandado la consignacion de los supuestos canones adeudados para poder se oido en el juicio.concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR por la razones expuestas los fallos proferidos por el Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Civil el dieciocho (18) de julio de dos mil siete (2007) que a su vez confirmo el fallo del Juzgado Veintiseis (26) Civil del Circuito de Bogota de catorce (14) de junio de dos mil siete (2007). En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al acceso a la administracion de justicia y al debido proceso, concretamente en lo que se refiere a las garantias de defensa y contradiccion probatoria del senor Alvaro Sanmiguel.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO todo lo actuado, a partir del auto admisorio de la demanda, proferido el cuatro (4) de octubre de dos mil seis (2006), dentro del proceso de restitucion de inmueble arrendado iniciado por el senor Gil Maria Fontecha Tirado contra Alvaro Sanmiguel. ORDENAR al Juez
- Decimo. Civil Municipal de Bogota que inicie el tramite del mismo garantizando al demandado, en los terminos de esta providencia sus derechos fundamentales.
- Tercero. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.