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Tutela ruling (T)March 2, 2007

T-150 de 2007

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant Edgar Ricardo Giraldo Garcia Vs. Juzgado Primero Civil Municipal De Honda

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Proceso De Restitucion De Bien Inmueble Arrendado
  • Jurisprudencia constitucional de inaplicación de los numerales 2 y 3 del parágrafo 2 del artículo 424 del C.P.C
Arrendatario De Buena Fe
  • Pago de cánones de arrendamiento al arrendador original
Debido Proceso En Restitucion De Bien Inmueble Arrendado
  • Presentación de recibos de pago o consignación como requisito para ser oído en juicio
Debido Proceso Y Derecho De Defensa
  • Inaplicación en casos específicos de las normas del artículo 424 del C. de P. C
Restitucion De Bien Inmueble Arrendado
  • Excepción a la presentación de recibos de pago o consignación de los cánones para ser oído en juicio
7 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho al debido proceso y el derecho a acceder a la justicia para ejercer el derecho de defensa de arrendatario de inmueble comercial demandado dentro del tramite de restitucion de inmueble arrendado por la negativa del despacho de oirlo por no haber demostrado el pago al demandante de los canones reclamados a pesar del demandado haber comprobado que habia efectuado los pagos de los meses exigidos a otro arrendador asi como la negativa del despacho de responder el recurso presentado y la expedicion de copias para el tramite del recurso de queja.solicita se deje sin efecto el auto del 12 de mayo de 2006 que dispuso no ser oido el demandado en el proceso y se ordene dictar nuevo auto en el que se admita oir al demandado.procedencia de la accion de tutela.

El inciso tercero del articulo 86 superior prescribe que la accion de tutela "solo procedera cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable".

La jurisprudencia de la corte constitucional acerca de la obligacion de los arrendatarios demandados por falta de pago de demostrar el pago de los canones para poder ser oidos dentro del proceso de restitucion de inmueble.

La jurisprudencia de la corte acerca de la inaplicacion en casos especificos de los numerales 2 y 3 del paragrafo 2 del articulo 424 del codigo de procedimiento civil.

Cuando hay serias dudas sobre la existencia o la vigencia del contrato de arrendamiento no procede exigirle al demandado dentro del proceso de restitucion de inmueble que demuestre el pago de los canones reclamados para ser oido dentro del proceso.

En el presente proceso debe inaplicarse por razones de equidad constitucional el numeral 2 del paragrafo 2 del articulo 424 del codigo de procedimiento civil.el problema que aqui se presenta es que el actor firmo dos contratos de arrendamiento que corren simultaneamente sobre el mismo local comercial de tal forma que tendria que responder por los canones de arrendamiento ante dos arrendadores cualquiera de los cuales podria instaurar una demanda en su contra.concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Ibague, el 31 de agosto de 2006, mediante la cual se nego la accion de tutela presentada por Edgar Ricardo Giraldo Garcia contra el Juzgado
  2. Primero. Civil Municipal de Honda. En su lugar, se CONCEDE la tutela impetrada para amparar el debido proceso y el derecho a acceder a la justicia para ejercer el derecho de defensa.
  3. Segundo. Dejar sin efecto el auto dictado el dia 12 de mayo de 2006 y toda la actuacion surtida con posterioridad a esa providencia, dentro del proceso de restitucion de inmueble instaurado por Alvaro Nicolas Torres Sanchez contra Edgar Ricardo Giraldo Garcia, que se adelanta ante el Juzgado
  4. Primero. Civil Municipal de Honda. En su lugar, el Juzgado debera dictar un nuevo auto en el que admita oir al demandado dentro del proceso y, en armonia con ello, confirme su decision de darle traslado al actor del proceso de la contestacion de la demanda y de las excepciones presentadas. A partir de alli, el Juzgado repondra toda la actuacion.
  5. Tercero. Ordenarle a Secretaria General que envie de vuelta al Juzgado
  6. Primero. Civil Municipal de Honda el proceso de restitucion de inmueble instaurado por Alvaro Nicolas Torres Sanchez contra Edgar Ricardo Giraldo Garcia.
  7. Cuarto. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, el Juzgado
  8. Segundo. Civil del Circuito de Honda notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  9. Quinto. Librese por la Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 14cited by 10 →T-150/07C-1512/00 — Decreto 2282 De 1989. Art. 1 Num. 174 Incs. 4 Y 6 (P.) Que Modifico El Art. 356 Del Codigo De Procedimiento Civil. Reglas Procesales Como De · cited 144 timesC-1512/002000C-070/96 — C.P. Art. 372 N°1. Delitos Contra El Patrimonio Economico. Perdida Del Valor Del Dinero En Materia Penal. Exequible. · cited 130 timesC-070/961996SU.837/02 — Derechos A La Vida Salud Integridad Personal Trabajo Igualdad Y Debido Proceso De Pacientes Y Trabajadores Sindicalizados. Via De Hecho. Cie · cited 70 timesSU.837/022002T-494/05 · cited 59 timesT-494/052005C-070/93 — C.P.C. Art 24. Arrendamientos. Requisitos Del Previo Pago En Restitucion De Inmuebles. Exequible. · cited 35 timesC-070/931993C-056/96 — C.P.C. Art. 424 N°3 Paragrafo Segundo. Restitucion De Inmueble Arrendado. Exequible · cited 30 timesC-056/961996T-162/05 · cited 18 timesT-162/052005T-613/06 · cited 16 timesT-613/062006T-1082/07 · cited 45 timesT-1082/072007T-067/10 · cited 28 timesT-067/102010C-106/21 — Restitución Inmueble Arrendado. Consignación Previa Canon De Arrendamiento Adeudado Para Poder Ser Oído En El Proceso. Proceso De Única Inst · cited 15 timesC-106/212021T-808/09 · cited 15 timesT-808/092009T-118/12 · cited 9 timesT-118/122012T-107/14 · cited 5 timesT-107/142014T-482/20 — Proceso De Restitucion De Bien Inmueble Arrendado-Cuando Haya Serias Dudas Sobre La Existencia Del Contrato De Arrendamiento No Debe Exigírs · cited 4 timesT-482/202020T-340/15 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia En Proceso De Restitucion De Bien Inmueble Arrendado · cited 4 timesT-340/152015
constitutional review unification tutela

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