T-067 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Jose Everardo Devia·Respondent Juzgado 8 Civil Municipal De Ibague
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia debido a que no se pudo demostrar la existencia de un contrato de arrendamiento
- Se ordenará al juzgado oír al demandado para garantizarle sus derechos fundamentales
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Pago de cánones de arrendamiento para poder ser oído
- Corresponde al arrendatario demandado
- Cuando haya serias dudas sobre la existencia del contrato de arrendamiento no debe exigírsele al demandado la prueba del pago de los cánones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Defensa, debido proceso.
Contra el actor se adelanto un proceso de restitución de inmueble arrendado, alega que durante dicho proceso no fue escuchado, y el juzgado se fundamento en testimonios falsos por lo tanto incurrió en un error fáctico por indebida apreciación probatoria.
La Sala recapitula el precedente jurisprudencial sobre los requisitos y causales de procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales, recuerda lo dicho por esta corporación respecto de la constitucionalidad de la carga procesal del demandado de consignar los cánones de arrendamiento adeudados, o presentar los recibos de pago o de consignación, se reitera los expuesto por esta corporación en aquellos casos en los que a pesar de presentarse serias dudas sobre la existencia de contrato de arrendamiento como presupuesto fáctico para la aplicación del artículo 424 del CPC, a el demandado se le niega la posibilidad de ser oído dentro del proceso de restitución, se concluye que el juzgado incurrió en un defecto fáctico al apoyar su decisión en una prueba que no permitía, demostrar con certeza la existencia del mencionado contrato de arrendamiento, se ordena oír al accionante y garantizarle, sus derechos fundamentales.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo del tres (3) de junio de 2009, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Civil Familia de Ibague, que denego el amparo constitucional invocado.
- SEGUNDO. En su lugar, CONCEDER la tutela a los derechos fundamentales invocados por el senor Jose Everardo Devia. En consecuencia, ORDENAR dejar sin efecto lo actuado en el proceso de restitucion de inmueble arrendado instaurado por la senora Fabiola Lasso Sanchez, contra Jose Everardo Devia, a partir del auto de fecha seis (6) de agosto de 2008, por medio del cual se concedio el termino de cinco dias al demandado para acreditar el pago de los canones de arrendamiento. ORDENAR al Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Ibague, oir al demandado Jose Everardo Devia y garantizarle, en los terminos de esta providencia, sus derechos fundamentales.
- TERCERO. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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