T-069 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Joaquin Emilio Santamaria Ciro Mediante Apoderado·Respondent Instituto De Seguros Sociales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación para el caso sub judice
- Procedencia excepcional para reconocimiento y pago de acreencias laborales y pensionales
- Aumento de requisitos para el acceso es una medida regresiva y contraria al principio de progresividad de los derechos sociales
- El accionante cumplía con el número de semanas de cotización requeridas dentro de los 3 años anteriores a la invalidez
- Compatibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la seguridad social, minimo vital y peticion de persona de la tercera edad que solicito el reconocimiento de la pension de invalidez, la cual fue negada por la entidad al no cumplir con el requisito de fidelidad al sistema establecido en el articulo 1º de la ley 860 de 2003 y pese a haber instaurado oportunamente los recursos de la via gubernativa, a los cuales no se les ha dado respuesta.<br>solicita se ordene el reconocimiento de la pension de invalidez.<br>las condiciones constitucionales para la procedencia excepcional de la accion de tutela para el reconocimiento y cobro de acreencias laborales y pensionales.
Inaplicacion de los requisitos para obtener la pension de invalidez por desconocimiento del principio de no regresividad.<br>de conformidad con las circunstancias facticas del caso particular, se tienen como acreditadas las reglas constitucionales sobre las cuales se identifica una vulneracion del principio de progresividad en la proteccion de los derechos sociales constitucionales.
Asi, esta corporacion encuentra que existe una considerable cercania entre el porcentaje de semanas cotizadas por el actor entre el momento en que cumplio 20 años de edad y la fecha de estructuracion de la invalidez, como quiera que acredito 411 de las 428 semanas requeridas.
En consecuencia, de haberle sido aplicable la version original del articulo 39 de la ley 100 de 1993, al momento de la estructuracion de la invalidez, hubiera tenido derecho al reconocimiento de la prestacion economica que pretende, por lo que esta corte procedera a aplicar la excepcion de inconstitucionalidad del articulo 1º de la ley 860 de 2003 con el objetivo de proteger los derechos del accionante. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias del Juzgado 9 Laboral del Circuito Judicial de Medellin, proferida el 19 de julio de 2007, y de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, proferida el 10 de agosto de 2007, y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos a la vida, a la seguridad social, al minimo vital y de peticion de Joaquin Emilio Santamaria Ciro.
- Segundo. ORDENAR al ISS que dentro de las 48 horas siguientes a la comunicacion de la presente sentencia, expida una nueva resolucion para resolver la peticion de reconocimiento de la pension de invalidez de Joaquin Emilio Santamaria Ciro aplicando para el efecto el articulo 39 de la Ley 100 de 1993 en su version original.
- Tercero. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela el Juzgado 9 Laboral del Circuito Judicial de Medellin, notificara esta sentencia dentro del termino de cinco (5) dias despues de haber recibido la comunicacion, de conformidad con el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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