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Unification ruling (SU)April 30, 2015Full bench

SU- de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Fonade·Respondent Consejo De Estado, Seccion Tercera, Subseccion A Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto no se desconoció precedente jurisprudencial del Consejo de Estado en torno al concepto, la unidad de jurisdicción y el conocimiento del juez administrativo de los conflictos derivado
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
  • Improcedencia por cuanto no se configura defecto sustantivo, porque las normas jurídicas relativas a la caducidad de la acción, fueron razonablemente interpretadas y eran las pertinentes para ser aplicadas a
  • Improcedencia por no configurarse defecto fáctico por cuanto las providencias fueron con apego y respeto al material probatorio aportado por la entidad demandante, en acción contractual
Fondo Financiero De Proyectos De Desarrollo-Fonade
  • Naturaleza jurídica y evolución normativa
  • Régimen contractual
Garantia Del Juez Natural
  • Se encuentra íntimamente ligada a los conceptos de jurisdicción y competencia
Jurisdiccion Contencioso Administrativa
  • Competente para conocer demandas de controversias contractuales, antes de la vigencia de la Ley 1107 de 2006
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
9 topics · 13 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

Sentencia de Unificación.

La acción de tutela fue presentada por el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE contra la Sección Tercera del Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para cuestionar las decisiones que rechazaron por caducidad una acción de controversias contractuales interpuesta por la entidad actora contra los consorcios Diseños Carcelarios e Intercárceles, con los que en su momento celebró sendos contratos.

Las autoridades judiciales demandadas concluyeron que la acción había caducado porque transcurrieron más de dos años desde el momento de la liquidación de los contratos de consultoría e interventoría celebrados.

Previamente a resolver de fondo la Sala reitera los requisitos generales y específicos de procedibilidad de la solicitud de amparo contra sentencias judiciales y se verifica el cumplimiento de los mismos en el caso concreto.

De manera posterior, se aborda el examen de los siguientes temas: 1º.

La naturaleza jurídica del fondo financiero de proyectos de desarrollo–FONADE y el régimen normativo que rige su actividad contractual. 2º.

La solución judicial de las controversias contractuales del FONADE y el tránsito legislativo en materia de competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa para conocer de la acción de controversias contractuales entre los años 2005 y 2010 y, 3º.

El alcance normativo de la ley 1107 de 2006, en especial, si afectó los términos de caducidad o prescripción de la acción de controversias contractuales.

La Corte encontró que la tutela no estaba llamada a prosperar, pues no hubo equivocación violatoria del debido proceso por parte de las corporaciones judiciales accionadas, dado que si bien las normas sustantivas aplicables a los contratos celebrados por las empresas industriales y comerciales del Estado, como es el caso de FONADE, son normas de derecho privado, esta regla no afecta lo relativo a la jurisdicción competente ni a los términos de caducidad que en consecuencia resultan aplicables, que sin duda son los previstos en el Código Contencioso Administrativo vigente para el momento de la presentación de la demanda.

En consecuencia, teniendo en cuenta que a partir de los hechos que dieron lugar a la demanda, se observó que el término de caducidad fue correctamente calculado y aplicado, la Sala Plena decidió confirmar las sentencias de instancia, que decidieron negar el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (24 points)
  1. Primero. LEVANTAR los términos suspendidos en el presente proceso.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia del 25 de julio de 2013, proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, dentro de la acción de tutela promovida por el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo-FONADE contra el Consejo de Estado Sección Tercera, Subsección A y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que negó el amparo del derecho fundamental al debido proceso.
  3. Tercero. COMPULSAR copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y Fiscalía General de la Nación, para que, dentro de sus competencias, adelanten las correspondientes investigaciones en la celebración y ejecución de los contratos estatales números 2051457 del 15 de junio de 2005 y 2051918 del 5 de julio de 2005, suscritos entre FONADE y el Consorcio Diseños Carcelarios 2005 y el Consorcio Intercarceles, respectivamente.
  4. Cuarto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
  5. MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
  6. Presidenta
  7. MAURICIO GONZALEZ CUERVO
  8. Magistrado
  9. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
  10. Magistrado
  11. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  12. Magistrado
  13. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  14. Magistrada
  15. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  16. Magistrado
  17. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  18. Magistrado
  19. Ausente
  20. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
  21. Magistrada (e)
  22. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  23. Magistrado
  24. ANDRÉS MUTIS VANEGAS
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 65cited by 27 →SU.242/15C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003SU.159/02 — Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. · cited 1,059 timesSU.159/022002T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-231/94 — Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente. · cited 1,016 timesT-231/941994T-1625/00 — Derecho Al Trabajo Libertad Debido Proceso Y Defensa. Tramite Del Recurso De Casacion. Interpretacion Judicial. Principios De Favorabilidad · cited 801 timesT-1625/002000SU.041/18 — Debido Proceso De Las Personas Juridicas. · cited 61 timesSU.041/182018T-610/15 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por Carecer De Relevancia Constitucional Y No Acreditar Requisito De Subsidia · cited 60 timesT-610/152015SU.454/16 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Vulneracion Del Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia Por Exceso Ritual Manifie · cited 47 timesSU.454/162016T-123/16 — Tutela Contra Providencia Judicial. Marco Normativo Sobre Desvinculacion De Aforados En El Contexto De Liquidacion De Telecom. · cited 39 timesT-123/162016SU.190/21 — Fuero Penal Militar. Debe Encontrarse Probado El Vinculo Directo, Proximo E Inmediato De Origen, Entre La Actividad Del Servicio Y El Delito · cited 34 timesSU.190/212021SU.068/22 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Factico, Sustantivo, Por Desconocimiento Del Precedente Y Por Viol · cited 27 timesSU.068/222022SU.115/19 — Derecho De Participacion Y Acceso Al Ejercicio De Cargos Y Funciones Publicas De Exrector De Universidad Pedagogica Y Tecnologica. · cited 22 timesSU.115/192019T-071/16 — Tutela Contra Providencia Judicial. Adopcion De Persona Mayor De Edad. Eliminacion De Vinculos Filiales Y Familiares Con Familia Biologica · cited 22 timesT-071/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.