C-890 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Ligia Patricia Acero Solano·Respondent Articulos 292, 295 Y 297 Del Estatuto Tributario
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Recursos parafiscales corresponden a un interés legítimo de los trabajadores
- Recursos que administra
- Funciones
- Naturaleza jurídica
- No pueden confundirse dentro de los propios de la entidad que los administra
- Beneficiarios
- Forman parte del concepto de seguridad social
- No goza de legitimidad constitucional
- No son objeto de gravamen mediante el impuesto al patrimonio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 292, 295 y 297 del Estatuto Tributario, tal como fueron modificados por la ley 863 de 2003, por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas y por la ley 1111 de 2006, por la cual se modifica el estatuto tributario de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
La demanda se fundamenta en tres cargos: 1º.
Violación de los artículos 48 y 338 de la Constitución, al destinar los recursos públicos parafiscales administrados por las cajas de compensación a un fin distinto a la seguridad social. 2º.
Violación de los artículos 13 y 363 de la Carta Política, al gravar con el impuesto al patrimonio los recursos previstos para la protección social de la población más vulnerable y 3º.
Vulneración del artículo 13 Superior, al excluir del impuesto al patrimonio a las entidades previstas en el artículo 19, numeral 1º del Estatuto Tributario, pero no a las Cajas de Compensación Familiar.
La Sala declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos demandados, bajo el entendido de que los recursos parafiscales administrados por las Cajas de Compensación Familiar y los destinados a la atención del derecho a la salud, en los términos de la Ley 100 de 1993, no son objeto de gravamen mediante el impuesto al patrimonio. <br> <br>
What it decided
Holdings on Ley 863/03. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados en esta Sentencia, los articulos 292, 295 y 297 del Estatuto Tributario, en la forma como fueron modificados por los articulos 17 de la Ley 863 de 2003 y 25 y 28 de la Ley 1111 de 2006, bajo el entendimiento de que los recursos parafiscales administrados por las Cajas de Compensacion Familiar y los destinados a la atencion del derecho a la salud, en los terminos de la Ley 100 de 1993, no son objeto de gravamen mediante el impuesto al patrimonio.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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