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Constitutional review ruling (C)June 25, 2020Full bench

C-200 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 492/20

✓
Topic · hard data
Fortalecimiento Patrimonial Del Grupo Bicentenario Y Del Fondo Nacional De Garantías.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Decreto Legislativo En Desarrollo De Estado De Emergencia Que Fortalece Patrimonialmente El Grupo Bicentenario Y El Fondo Nacional De Garantias
  • Contenido y alcance
  • Costos de derechos notariales pueden regularse por Decreto Reglamentario
  • Dudas razonables sobre superación de juicios materiales
  • Exequibilidad
  • Inexequibilidad diferida
  • Medidas principales concretan aspiraciones gubernamentales previas a las causas y efectos de la emergencia ocas
Descentralizacion Por Servicios
  • Alcance
  • Implica el otorgamiento de funciones administrativas a entidades que se crean para ejercer una actividad especializada
  • Mecanismos de articulación
Control Constitucional De Decreto Legislativo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Exequibilidad
  • Juicio de necesidad
  • Juicio de no contradicción específica
  • Juicio de no discriminación
  • Juicio de proporcionalidad
  • Juicio de conexidad material
  • Juicio de motivación suficiente
  • Juicio de incompatibilidad
  • Juicio de finalidad
  • Juicio de ausencia de arbitrariedad
  • Juicio de intangibilidad
Estados De Excepcion
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Control político y control jurídico
Fondo Nacional De Garantias Fng
  • Función
  • Naturaleza jurídica y objeto
Holding
  • Concepto
  • Regulación
Inexequibilidad Diferida
  • Efectos hasta fecha señalada
Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica Derivado De La Pandemia Por Covid 19
  • Exequibilidad del Decreto Legislativo 417 de 2020
  • Juicio de constitucionalidad
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
23 topics · 48 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Revisión automática del Decreto Legislativo 492 de 2020, por el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.

Luego de analizar la norma precitada consideró la Corte que, salvo en lo relativo a la tarifa notarial para la capitalización, se encuentran ajustadas a la Constitución las medidas adoptadas en materia de recursos de crédito para las micro, pequeñas y medianas empresas, como para trabajadores independientes, en el marco de la situación de emergencia y crisis que afronta el país.

Con base en lo anterior, Se declararon EXEQUIBLES sus artículos 1, 2, 5, 6, 7 y 9.

El artículo 3º también fue declarado EXEQUIBLE, salvo la expresión “el Fondo Nacional del Ahorro”, contenida en la letra a), que se declara EXEQUIBLE CONDICIONADA, en el entendido de que sus excedentes de capital y dividendos, que se disponen para el fortalecimiento patrimonial del Fondo Nacional de Garantías, no comprenden los derivados de la administración de las cesantías de los afiliados.

El artículo 4º también se declara EXEQUIBLE, salvo el contenido de la letra c), que se declara EXEQUIBLE CONDICIONADA, en el entendido de que el capital del FNA que se autoriza a disminuir, no comprende los recursos derivados de la administración de las cesantías de los afiliados.

Por último, se declara INEXEQUIBLE el artículo 8 del Decreto 492 de 2020.

Se dispone que los efectos de esta decisión quedan diferidos por el término de tres (3) meses y que, en ningún caso, se afectan las situaciones jurídicas consolidadas.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Decreto 492/20. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 1Decreto 492/20UPHELD
Art. 1Decreto 492/20UPHELD
Art. 2Decreto 492/20UPHELD
Art. 4Decreto 492/20UPHELD
Art. 5Decreto 492/20UPHELD
Art. 6Decreto 492/20UPHELD
Art. 7Decreto 492/20UPHELD
Art. 9Decreto 492/20UPHELD
8 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 2, 5, 6, 7 y 9 del Decreto 492 de 2020, "[p]or el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantias y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 417 de 2020".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 3 del Decreto 492 de 2020, "[p]or el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantias y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 417 de 2020", salvo la expresion "el Fondo Nacional del Ahorro", contenida en la letra a), que se declara condicionalmente EXEQUIBLE, en el entendido de que sus excedentes de capital y dividendos, que se disponen para el fortalecimiento patrimonial del Fondo Nacional de Garantias, no comprenden los derivados de la administracion de las cesantias de los afiliados.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 4 del Decreto 492 de 2020, "[p]or el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantias y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 417 de 2020", salvo el contenido de la letra c), que se declara condicionalmente EXEQUIBLE, en el entendido de que el capital del FNA que se autoriza a disminuir no comprende los recursos derivados de la administracion de las cesantias de los afiliados.
  4. Cuarto. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 8 del Decreto 492 de 2020, "[p]or el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantias y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica declarada mediante el Decreto 417 de 2020". Los efectos de esta decision quedaran diferidos por el termino de tres (3) meses, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta Sentencia, y en ningun caso se afectan las situaciones juridicas consolidadas.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available4
Partial dissentCristina Pardo SchlesingerPartial dissentAntonio José Lizarazo OcampoPartial dissentCarlos Libardo Bernal PulidoConcurrenceJosé Fernando Reyes Cuartas
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.