C-216 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez
✓Claimant Revision De Constitucionalidad·Respondent Decreto 020 Del 7 De Enero De 2011
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Elementos que deben verificarse
- Presupuestos formales y materiales
- Parámetros de constitucionalidad
- Estricto, riguroso e integral
- características para fundamentar un estado de emergencia económica, social y ecológica
- Definición
- Inexistencia de hechos extraordinarios o sobrevinientes que sirvieran de fundamento a la declaratoria
- Inconstitucional por no superar juicio de necesidad e insuficiencia de medidas dictadas en primera emergencia
- Concepto
- Falta de prueba de información y comunicación a organismos internacionales no constituye vicio grave e insubsanable
- Prohibición de suspensión de los derechos humanos y las libertades fundamentales
- Clases
- Declaratorias con particularidades específicas
- Requisito de informar y comunicar a organismos internacionales la declaratoria
- Restricción de derechos
- Justificación estricta y rigurosa
- Alcance
- Inaplicación de interpretaciones analógicas relacionadas con vigencias
- Objeto
- Aplicación
- Carácter riguroso y autónomamente justificado
- Metodología de revisión de cumplimiento de requisitos materiales
- Recuento y características
- Principios rectores
- Naturaleza jurídica
- Hechos del presupuesto fáctico no tenían carácter de sobrevinientes y extraordinarios
- Improcedencia de prórrogas
- Medidas adoptadas con carácter permanente a excepción de normas tributarias y penales
- Vigencia temporal
- Contenido
- Sólo en Conmoción Interior
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Decreto 020 del 7 de enero de 2011, por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de la grave calamidad pública.
Revisión de Constitucionalidad.
La Corte no encontró que se hubiese demostrado por parte del Gobierno, de manera concreta y específica, las razones por las cuales los hechos aducidos no podían ser atendidos con las facultades de excepción que ostentaba en virtud del estado de emergencia declarado mediante el Decreto 4580 de 2010, vigente hasta el 5 de enero de 2011, ni por qué, estas atribuciones resultaban insuficientes para superar la perturbación causada por el fenómeno climático de La Niña e impedir la extensión de sus efectos, para acudir a una nueva declaratoria de emergencia, dado que cada declaratoria de estado de emergencia tiene que ser rigurosa y autónomamente justificada, observando que desde . la primera declaración del estado de emergencia el Gobierno advirtió la prolongación de la ola invernal por la presencia del fenómeno de La Niña, la cual podía irse agravando con el devenir de los días hasta mediados de 2011 según pronósticos del IDEAM.
De la misma manera tampoco se superaba el juicio de insuficiencia de los medios ordinarios de que dispone tanto el poder legislativo como el ejecutivo en su funcionamiento normal, ni se explicó por qué dichos medios no eran adecuados para el manejo del nuevo estado de excepción ni para qué necesitaba las facultades extraordinarias.
Encontró la Corte que los mecanismos excepcionales no pueden instrumentalizarse con miras a eludir la potestad que tiene el Congreso para dictar leyes.
INEXEQUIBLE.
What it decided
Holdings on Decreto 020/11. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto 020 de 2011 "por medio del cual se declara el estado de emergencia economica, social y ecologica por razon de grave calamidad publica".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.