C-155 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Revision De Constitucionalidad Del Decreto 476/20
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación de un enfoque de derechos humanos
- Decreto de Pruebas
- Principio de necesidad y proporcionalidad
- Reiteración de jurisprudencia
- Competencia de la Corte Constitucional
- Exequibilidad
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Satisfacen el juicio de necesidad jurídica
- Inexequibilidad por cuanto no satisface el juicio de necesidad jurídica
- Justificación
- Criterios de disponibilidad y calidad
- Contenido
- Exequibilidad del Decreto Legislativo 417 de 2020
- Juicio de constitucionalidad
- Contenido y alcance
- Inexequibilidad parcial
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Control automático de constitucionalidad del Decreto Legislativo 476 de 2020, por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la prevención, diagnóstico y tratamiento del Covid-19 y se dictan disposiciones dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Con la precitada norma se le otorga una serie de facultades al Ministerio de Salud y Protección Social, para que actúe durante el tiempo de emergencia declarado mediante el Decreto 417 de 2020 o las normas que las modifiquen o sustituyan y, se le otorga ciertas facultades al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), para que adopte ciertas acciones durante el lapso de tiempo que dure la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 385 de 2020, o las normas que lo modifiquen o sustituyan.
La Corte declaró la INCONSTITUCIONALIDAD de los artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo 476/20 por incumplimiento del requisito de necesidad jurídica, toda vez que el ejecutivo, antes de la declaratoria del Estado de Emergencia, tenía facultades legales para regular las materias contenidas en el precitado Decreto.
Dado el impacto de esta decisión se difirió sus efectos para permitir su adopción por la vía ordinaria, por el término de tres meses.
Se precisa que, los efectos del presente fallo solo se producirán hacia el futuro y, en consecuencia, en ningún caso afectarán las situaciones jurídicas consolidadas.
El numeral tercero de la norma revisada se declara exequible.
What it decided
Holdings on Decreto 476/20. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 1 y 2 del Decreto Legislativo 476 de 2020, "por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la prevencion, diagnostico y tratamiento del Covid-19 y se dictan disposiciones, dentro del estado de emergencia economica, social y ecologica".
- Segundo. DIFERIR los efectos de la inexequibilidad declarada por el termino de tres (3) meses, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia. Los efectos del presente fallo solo se produciran hacia el futuro y, en consecuencia, en ningun caso afectaran las situaciones juridicas consolidadas.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 3 del Decreto Legislativo 476 de 2020, "por el cual se dictan medidas tendientes a garantizar la prevencion, diagnostico y tratamiento del Covid-19 y se dictan disposiciones, dentro del estado de emergencia economica, social y ecologica".
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.