C-041 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Jorge Enrique Ibáñez Najar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Constitución no restringe ejercicio únicamente a instituciones financieras
- Criterios a los que puede acudir el legislador para definirla
- Naturaleza
- Encierra muchas operaciones adicionales a la denominada intermediación financiera
- Actividad financiera
- Función pública o social
- Marco constitucional
- Naturaleza jurídica
- Contribuciones tienen carácter de rentas parafiscales atípicas
- Determinación de los destinatarios y el porcentaje del crédito
- Funciones y objetivos
- No tiene ánimo de lucro y por lo tanto no procede repartición de utilidades
- Otorgamiento de créditos únicamente a trabajadores, pensionados independientes y desempleados afiliados
- Otorgamiento de créditos por cajas de compensación familiar
- Trato diferente por situación jurídica distinta
- Facultad de precisar concepto jurídico no definido en la Constitución
- Otorgamiento con cargo a excedentes anuales
- Concepto jurídico indeterminado
- Distribución de competencias entre legislador y ejecutivo
- Autorización a Cajas de Compensación Familiar para ejercer actividad financiera
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 789 de 2002 articulo 16 ordinales 4 y 6 parciales del numeral 14.2 adicionado por el articulo 1º de la ley 920 de 2004 y el paragrafo del articulo 2 de la ley 920 de 2004.
Se autoriza a las cajas de compensacion familiar adelantar actividad financiera y se dictan otras disposiciones.
Señala el accionante que las normas demandadas vulneran los articulos 13 150-19 189-25 333 y 335 de la constitucion política.
Alcance de los articulos 150-19 189-24 y 25 y 335 de la constitucion politica.
Naturaleza de la actividad financiera.
Facultades legislativas para la definicion del concepto de actividad financiera.
Los conceptos indeterminados en la constitucion confieren al congreso un amplio margen de libertad definitoria que no esta exento de los limites que se derivan de la subordinacion general de la ley a las normas superiores y de los referentes constitucionales y aun sociales que esten presentes en cada caso.
Las cajas de compensacion familiar y el marco constitucional que las ampara.
Naturaleza parafiscal de sus recursos.
De la naturaleza de las cajas de compensacion familiar se desprende un claro proposito social que no se desdibuja por el hecho de haber sido autorizadas para ejercer cierta actividad financiera.
Exequibles
What it decided
Holdings on Ley 789/02. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "unicamente a los trabajadores, pensionados, independientes y desempleados afiliados a la Caja de Compensacion Familiar" y "El 70% para vivienda de interes social tipos 1 y 2 y el 30% para Educacion y Libre inversion, excepto para la adquisicion de bonos o cualquier otro tipo de titulos de deuda publica" del ordinal 4, literal 14.2, numeral 14 adicionado al articulo 16 de la Ley 789 de 2002 por el articulo 1 de la Ley 920 de 2004.
- Segundo. declarar EXEQUIBLES las expresiones "En virtud del principio constitucional de la democratizacion del credito el 80% del valor total de los creditos otorgados estara destinado para aquellas personas que devenguen hasta tres (3) salarios minimos mensuales legales vigentes" del ordinal 6 del literal 14.2, numeral 14 adicionados al articulo 16 de la Ley 789 de 2003 por el articulo 1 de la Ley 920 de 2004.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo del articulo 2 de la Ley 920 de 2004, por los cargos estudiados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.