C-781 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Ada Luz Hernandez Montoya
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Normas de orden público que no pueden ser desconocidas ni alteradas por los contratantes
- Imposibilidad de sustraerse y dejar de pronunciarse sobre una regla de distribución desigualitaria
- Obligación de pronunciarse sobre el tema de igualdad cuando el legislador establece un trato discriminatorio
- Protección constitucional
- Protección especial
- Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
- Intangibilidad
- Intangibilidad no significa que la legislación deba permanecer petrificada indefinidamente
- Naturaleza
- Protección
- Distinción con las meras expectativas
- No desconocimiento ni vulneración por leyes posteriores
- Regulación es potestad del legislador
- Carga adicional para los trabajadores con ingresos superiores a un salario mínimo
- Elementos
- Empleador se libera efectuando el depósito judicial correspondiente
- Incompatibilidad de pago simultáneo de intereses moratorios e indexación
- Pago mediante depósito judicial
- Requisito para reclamar derecho a partir del mes 25 de mora
- Tratamiento diferencial está fundado en una justificación objetiva y razonable
- Tratamiento diferencial fundado en una finalidad plausible
- Trato diferencial
- Condiciones para su procedencia
- Consolidación del derecho
- Cuantía y término
- Derecho de los trabajadores que reciben una asignación superior al salario mínimo
- Finalidad
- Improcedencia
- Morosidad en el trámite de las reclamaciones ante jurisdicción ordinaria no puede traducirse en pérdida de derechos para el trabajador
- Naturaleza
- Nuevo régimen no puede afectar derechos adquiridos
- Procede para todos los trabajadores durante los primeros veinticuatro meses de retardo
- Regulación se ajusta plenamente a la Constitución Política
- Solo para aquellos trabajadores que devenguen hasta un salario mínimo a partir del mes 25 de retardo
- Nueva regulación debe regir hacia el futuro
- Facultad de prolongar la vigencia de ciertas disposiciones legales
- Efectos del tránsito de legislación
- Legislador avocó el tema de la igualdad ya que discriminó entre unos trabajadores y otros
- Aplicación a contratos laborales surgidos a la vida jurídica antes de la vigencia de la ley contraría la Constitución Política
- Formula propuesta a la luz del contexto socioeconómico, resulta más razonable, adecuada y equitativa
- Criterios para fijarlo
- Definición
- Procedimiento para fijarlo
- Carácter irrenunciable e inembargable
- Fijación por el Gobierno
- Medida especial de prestación
- Protección reforzada
- Protección especial
- Efectos
- Expresión era exequible, por adecuarse plenamente al valor material de la justicia y satisfacer el derecho del trabajo a recibir oportunamente la remuneración de sus servicios
- Eventos en que procede de manera excepcional
- Improcedencia
- Facultad de establecer distintos regímenes de responsabilidad del empleador frente al incumplimiento del contrato de trabajo
- Carácter de orden público
- Declaración sin condicionamiento desconoce derechos claros e indiscutibles de los trabajadores
- Estructura
- Inoperancia frente a meras expectativas
- Pago de intereses moratorios
What it decided
Holdings on Ley 789/02. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, en lo acusado, el inciso
- primero. del articulo 29 de la Ley 789 de 2003, salvo la expresion "o si presentara la demanda, no ha habido pronunciamiento judicial", que se declara INEXEQUIBLE.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, en lo acusado, el paragrafo
- segundo. del articulo 29 de la Ley 789 de 2003.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.