C-655 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant John Alirio Pinzon Pinzon
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Distinción
- Concepto
- Título de "código" no es suficiente para que sea considerado como tal
- Competencia para el cambio de nomenclatura
- Criterios para establecer cuando un cuerpo normativo se configura como código
- Alcance
- Improcedencia a través de decretos administrativos
- Procedencia a través de decretos con fuerza de ley
- Procedencia a través de libros o publicaciones sin pretensiones modificatorias del ordenamiento jurídico
- Autorización al Gobierno para renumerar y eliminar normas es inconstitucional
- No aplicación en norma que regula procedimiento de notificación de actos de autoridades tributarias, aduaneras y cambiarias
- Competencia exclusiva para renumeración de articulado
- Autorización al Gobierno para eliminar normas es inconstitucional
- Inexequible
- No la constituye el solo hecho de haberse establecido un límite temporal para el cumplimiento de las funciones asignadas
- No toda modificación de un código por un decreto ley es inconstitucional
- Alcance
- Reemplazo de norma
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 1111 de 2006 articulos 45 (parcial) 46 (parcial) y 53.
Estatuto tributario.
Formas de notificacion de las actuaciones de la administracion tributaria.
Notificacion electronica.
Renumeracion del estatuto tributario.para el demandante las normas acusadas vulneran los articulos 136 numeral 1o 150 numeral 19 literales b y c y el articulo 189 numeral 25 de la carta politica.existencia de cosa juzgada constitucional con respecto a las expresiones acusadas contenidas en los articulos 45 y 46 de la ley 1111 de 2006.
La autorizacion prevista en el articulo 5.3 de la ley 1111 de 2006 es inexequible porque implica el ejercicio de funciones legislativas reservadas al congreso de la republica de acuerdo con el articulo 150 de la carta.
La eliminacion normativa resulta ser una facultad inconstitucional que le atribuye al ejecutivo alcances que distan mucho de ser simplemente compilatorios y que son del exclusivo resorte del legislador.estarse a lo resuelto en la sentencia c-624 de 2007 e inexequible el articulo 53 de la ley 1111 de 2006
What it decided
Holdings on Ley 1111/06. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-624 de 2007 con respecto a las expresiones acusadas contenidas en los articulos 45 y 46 de Ley 1111 de 2006.
- SEGUNDO. Declarar INEXEQUIBLE, el articulo 53 de la Ley 1111 de 2006.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.