C-488 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Gonzalo Rodrigo Paz Maecha·Respondent Ley 509 De 200, Artículo 101
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Normas que lo integran tienen rango constitucional
- Función interpretativa
- Incorporación de norma
- Incorporación de tratado
- No todos los tratados y convenios internacionales forman parte
- Concepto
- Regulación debe ajustarse a normatividad internacional
- Definición
- Dolo especial como elemento estructural del tipo penal
- Dosificación punitiva no comporta vulneración de prohibición de protección deficiente
- Concepto
- Crimen de crímenes
- Obligaciones derivadas de estándares internacionales que constituyen referentes para el control de constitucionalidad
- Pertenencia al grupo como ingrediente normativo subjetivo
- Prohibición como norma del ius cogens
- Tipificación como delito en la legislación penal colombiana
- Delito de derecho internacional
- Dosificación punitiva no riñe con estándares internacionales
- Elementos que lo configuran
- Inaplicación del principio pro homine en dosificación punitiva de conductas constitutivas del tipo penal
- Tipificación como delito constituye mecanismo de protección de los derechos humanos
- Bloque de constitucionalidad como límite
- Ejercicio razonable y proporcionado en dosificación punitiva diferente por conductas constitutivas de genocidio
- Alcance
- Límites
- Aplicación por protección deficiente en comparación con estándares internacionales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 599 “por la cual se expide el código penal”, artículo 101, parcial sobre genocidio.
Los cargos se orientan en dos sentidos, cuestiona la expresión “por razón de su pertenencia al grupo”, como requisito para sancionar el genocidio y se reprocha la existencia de dosificaciones punitivas diferentes que varían dependiendo de cuál sea la conducta imputada.
La Sala no encuentra fundados los argumentos del accionante, respecto del primer cargo aclara, que la expresión acusada simplemente precisa cuál es el alcance del tipo penal de genocidio, pero no hace más restrictivo el ámbito de protección consagrado en el derecho internacional.
Respecto al segundo cargo se estima que el legislador consideró que el genocidio mediante matanza representaba una afectación de mayor entidad frente a las demás conductas, por lo tanto respecto de las demás conductas constitutivas de genocidio se realizó una graduación distinta, pero en ningún caso se dejaron en la impunidad.
Decide declarar exequibles las expresiones acusadas.
What it decided
Holdings on Ley 599/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "por razón de su pertenencia al mismo", y "la pena será de prisión de diez (10) a veinticinco (25) años, la multa de mil (1.000) a diez mil (10.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes y la interdicción de derechos y funciones públicas de cinco (5) a quince (15) años", del artículo 101 de la Ley 599 de 2000, únicamente por los cargos analizados en esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.