C-175 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Revisión Oficiosa.·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación de regla jurisprudencial sobre supuesto temporal
- Exigibilidad
- Supuesto temporal
- Incumplimiento constituye vicio insubsanable
- Control tripartito en su incorporación
- Aspectos que comprende
- Control integral
- Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
- No otorga beneficios tributarios
- Contenido y alcance
- Alcance
- Inexequibilidad por incumplimiento del análisis de impacto fiscal
- Características
- Control material
- Control formal y material
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Revisión oficiosa del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos, en relación con servicios aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en Brasilia, el 7 de noviembre de 2012 y de su Ley aprobatoria 2246 de 2022.
Al estudiar el trámite legislativo identificó la Corte que el tratado contenía cláusulas que establecían beneficios tributarios y que en tal sentido se incumplió lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, en cuanto a la obligación de analizar su impacto fiscal.
Teniendo en cuenta que el trámite de aprobación en el Congreso de la República inició con posterioridad a la notificación de la Sentencia C-170/21, momento desde el cual es exigible dicho requisito, se declaró INEXEQUIBLE la Ley 2246 de 2022.
Se destaca el hecho de que ésta providencia sea la primera de la Corte Constitucional en la que se declara la inexequibilidad de una ley aprobatoria de tratado internacional por vicio consistente en la omisión del requisito de análisis de impacto fiscal y en la que se aplica la jurisprudencia constitucional a partir de la regla que exige dicho requisito para la aprobación legislativa de tratados internacionales en los que se incluyan normas que ordenen gasto o establezcan beneficios tributarios.
No obstante se indicó que el Gobierno Nacional, si lo estima conveniente, podrá presentar un proyecto de ley mediante la cual se apruebe el Acuerdo internacional de la referencia, teniendo en cuenta el estricto cumplimiento de todos los requisitos del procedimiento, en especial, del artículo 7º de la Ley 819 de 2003.
What it decided
Holdings on Ley 819/03. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE la Ley 2246 de 2022 aprobatoria del "ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS EN RELACIÓN CON SERVICIOS AÉREOS ENTRE Y MÁS ALLÁ DE SUS RESPECTIVOS TERRITORIOS" por vicio de trámite y conforme las razones expuestas en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.