C-107 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Luis Martin Blanco Tirado Y Otro·Respondent Ley 70 De 1931, Articulo 4 Parcial
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Extensión del uso de leasing habitacional
- Reconocimiento en condiciones de igualdad
- Sujeto de habilitación para constituir patrimonio de familia
- Concepto en la jurisprudencia constitucional a partir de lazos de afecto, solidaridad, respeto y asistencia entre padres e hijos de crianza
- Definición en la Constitución
- Definición en sentido amplio
- Manifestación del libre desarrollo de la personalidad
- Protección equitativa de diferentes modalidades
- Referencia al concepto de buenas costumbres
- Jurisprudencia constitucional
- Extensión en favor de integrantes de la familia unipersonal y de crianza y a integrantes de la familia extensa
- No existe una obligación constitucional de incluir otro tipo de familia como beneficiaria de patrimonio de familia inembargable
- Intrínsecamente relacionado con el concepto de interdependencia de los derechos
- Modos de constitución
- Definición
- Requisitos mínimos
- Corte debió proferir fallo inhibitorio por falta de aptitud de la demanda
- Acreedora de posiciones jurídicas que el ordenamiento confiere a otras modalidades
- Protección constitucional
- Diferente a buenas costumbres
- Salvaguarda del entorno físico y de los ingresos económicos que sirven de soporte para el ejercicio de los derechos constitucionales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4º (parcial) de la Ley 70 de 1931, que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables.
Los demandantes consideran que las expresiones acusadas, en cuanto limitan la posibilidad de constituir el patrimonio de familia a favor de las parejas, bien sean casadas o vinculadas a través de unión marital de hecho, desconocen los artículos 5º, 15, 28 y 42 de la Constitución.
Esto, debido a que excluye de la protección legal contenida en la norma demandada a otras formas constitutivas de familia, que prescinden de la existencia de una pareja.
La Corte considera que las normas acusadas incurren en una discriminación injustificada, al omitir extender el acceso a la constitución del patrimonio de familia a las familias extensas, de crianza y las unipersonales, a pesar de que estos grupos humanos son sujeto de protección integral, en los términos del artículo 42 de la Constitución. .
La Sala Plena precisa que, aunque de acuerdo con la misma norma constitucional la regulación de dicha salvaguarda corresponde al amplio margen de configuración legislativa, el mismo no puede establecer limitaciones o distinciones que no se sustenten en un criterio constitucionalmente admisible.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de los artículos cuestionados, en el entendido que el patrimonio de familia podrá constituirse a favor de los integrantes de la familia unipersonal y de crianza, y a los integrantes de la familia extensa.
What it decided
Holdings on Ley 70/31. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES los artículos 4º y 5º de la Ley 70 de 1931 "que autoriza la constitución de patrimonios de familia no embargables", por los cargos analizados en esta sentencia y en el entendido que el patrimonio de familia podrá constituirse a favor de los integrantes de la familia unipersonal y de crianza, y a los integrantes de la familia extensa.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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