T-376 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Fernando·Respondent Secretaria Educacion De El Departamental Del Cesar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance
- Definición y finalidad
- Requisitos que deben cumplir los hijos menores de 18 años para ser beneficiarios
- Beneficiarios
- Procedencia excepcional a favor de sujetos de especial protección constitucional o personas en circunstancias de debilidad manifiesta
- Protección constitucional
- Definición
- Reiteración de jurisprudencia
- Vulneración por no pago de sustitución pensional
- Concepto en la jurisprudencia constitucional a partir de lazos de afecto, solidaridad, respeto y asistencia entre padres e hijos de crianza
- Subreglas para la determinación de acceso a la pensión de sobrevivientes o sustitución pensional
- Sujetos de especial protección constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante, actuando a través de apoderado judicial y en representación de su hija menor de edad, aduce que las entidades accionadas vulneraron derechos fundamentales de la niña, al negar el reconocimiento de la sustitución pensional que reclamó tras el fallecimiento de la abuela, de quien dependía económicamente, alegando que no se trataba de la hija de la causante.
Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.
La relación entre el derecho a la seguridad social y el mínimo vital. 2º.
La sustitución pensional para hijos e hijas. 3º.
El concepto de familia en el ordenamiento jurídico colombiano y la protección del pluralismo y la igualdad entre las diferentes modalidades de conformación y, 4º.
El derecho a la sustitución pensional para hijos de crianza.
La Corte concluyó que la menor cumple con las características propias para ser considerada como hija de crianza de su abuela, con quien constituyó un vínculo que trascendió de la mera cooperación económica y se hizo verificable en términos emocionales y de afecto.
En consecuencia, CONCEDIÓ el amparo invocado y ordenó el reconocimiento y pago de la prestación reclamada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 10 de noviembre de 2022 y el 13 de diciembre de 2022, por el Juzgado Promiscuo Municipal de El Copey y el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar, las que declararon improcedente el amparo, dentro de la acción de tutela instaurada por el apoderado judicial del señor Fernando en representación de su hija Laura contra la Secretaría de Educación del Cesar y la Fiduprevisora S.A. En su lugar, CONCEDER la protección de los derechos fundamentales al mínimo vital, a la seguridad social, a la vida en condiciones dignas y a la igualdad de Laura.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS los actos administrativos CSED ex No. 564 del 22 de septiembre de 2022 y CSED ex No. 603 del 10 de octubre de 2022, expedidos por la Secretaría de Educación Departamental del Cesar.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaría de Educación Departamental del Cesar y a la Fiduprevisora S.A. que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, de manera coordinada realicen las gestiones necesarias para reconocer la sustitución pensional de la señora Rosa en favor de Laura; reconocimiento que deberá ser efectivo a más tardar dentro del mes siguiente a la notificación de esta sentencia. Una vez reconocida la sustitución pensional se deberá pagar junto con el correspondiente retroactivo pensional a partir del 20 de febrero de 2022.
- Cuarto. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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