JurídicoESEN
Tutela ruling (T)December 2, 2020

T-498 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Maria Teresa Cañon Sosa·Respondent Junta Regional De Calificacion De Invalidez De Bogota Y Otro

✓
Topic · hard data
Debido Proceso En El Tramite Ante Las Juntas De Calificacion De Invalidez
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • Se realizó nuevo dictamen con fecha de estructuración acorde a historia clínica de la accionante
Debido Proceso En El Trámite Ante Las Juntas De Calificación De Invalidez
  • Vulneración cuando expiden dictámenes de pérdida de la capacidad laboral sin atender las reglas establecidas en la normatividad y la jurisprudencia constitucional
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este caso se atribuye a las Juntas Nacional y Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá la vulneración de derechos fundamentales de la actora, como consecuencia de los dictámenes que establecieron como fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral el día 2 de junio de 2017, a pesar de haber sido diagnosticada con trastornos afectivo bipolar y depresivo aproximadamente veinte años atrás y que dicha fecha correspondía al momento en que la Junta Regional le practicó el examen físico correspondiente.

La accionante relató que la UGPP le negó el reconocimiento de la sustitución pensional que solicitó en calidad de hija en situación de invalidez, argumentando que la fecha de estructuración mencionada era posterior a la muerte de su progenitora.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la seguridad social y el debido proceso en los trámites seguidos ante las Juntas de Calificación de invalidez.

Teniendo en cuenta que en sede de revisión se estableció que la fecha de estructuración fue el 8 de febrero de 2008, se declaró la carencia actual de objeto por el acaecimiento de una situación sobreviniente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Dos Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá que declaró improcedente el amparo constitucional pretendido. En su lugar DECLARAR la carencia actual de objeto por el acaecimiento de una situación sobreviniente en relación con la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, al mínimo vital y a la seguridad social de la señora María Teresa Cañón Sosa.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.