C-1035 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Vicente Amaya Mantilla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Descuento del Iva para productores oficiales de licores
- Justificación oficial frente a licores cuya producción está monopolizada
- Compensa diferencia de manejo de rentas de productores oficiales y privados
- Aplicación de trato diferenciado bajo criterios razonables
- Límites de la autonomía legislativa
- Potestad tributaria no es absoluta
- Diferencia de trato entre productores oficiales y privados de licor persigue una finalidad de interés público
- Diferencia de trato no se funda en razones objetivas y razonables
- Exequibilidad del descuento es contradictorio con los fines constitucionales
- Régimen jurídico distinto según la empresa licorera
- Descuento a productores oficiales reporta mayores utilidades
- Descuento para productores oficiales de licor
- Naturaleza jurídica de productores oficiales no justifica el descuento
- No existe justificación legitima que explique el tratamiento favorable
- Competencia en política tributaria
- Potestad para establecer obligados a pago y excluidos del mismo
- No puede conceder un tratamiento tributario diferente
- Finalidad constitucional
- No está en la producción sino en la renta
- Función social establecida en la Constitución
- Juicio de igualdad
- Recae sobre la producción, introducción y venta de licores destilados
- Destinación
- Interés público
- Tratos diferenciales atentan contra la igualdad económica y la libre competencia
- Interpretación
- Oficiales o privados están en la misma situación de hecho
- Destinación específica
- Aplicación y procedencia
- Productores oficiales de licores y productores particulares de licores
- Beneficio persigue idéntica finalidad social que el monopolio
- Objetivo resulta constitucionalmente válido
- Estudio que comprende varios pasos
- Condicionada por los principios, derechos y valores en materia tributaria
- Establecimiento de sujetos pasivos de impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional
- Restricción por beneficio tributario en producción de licores es inconstitucional
- Destinación específica de sus rentas a servicios de salud y educación
- Finalidad
- Finalidad
- Diferencia desde la perspectiva de su régimen jurídico y de su finalidad social
- Finalidad
- Se desenvuelve como derecho a la igualdad dentro del campo fiscal
- Vulneración por trato excepcional no justificado
- Implicaciones
- Vulneración al ser aprobado sin el mínimo de deliberación pública en el Congreso de la República
- No solo es agente económico dentro del mercado
- Libre destinación
- Articulación entre el derecho a la igualdad y los principios de equidad y generalidad
What it decided
Holdings on Ley 788/02. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Declarar EXEQUIBLE el inciso
- cuarto. del articulo 54 de la Ley 788 de 2002, en el entendido segun el cual el descuento previsto en el se aplica exclusivamente en el caso de licores cuya produccion este monopolizada y sean producidos directamente por las empresas departamentales.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.