T-974 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Elvira Del Carmen Lorduy Vs. Salud Total Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Objeto y efectos
- Prescripción del tratamiento por médico tratante
- Procedimiento médico cuya efectividad no sea determinable no es aceptado ni financiado por el sistema de salud
- Suministro de medicamentos excluidos del POS
- Consentimiento
- Controversia entre dictámenes médicos, prevalece el del médico tratante adscrito a la EPS
- Eficacia de procedimientos médicos no le corresponde al juez establecerla
- Fundamental por conexidad
- Suministro de medicamentos o prestación de servicios excluidos del POS
- Cesión de afiliados encuentra su desarrollo en el Decreto 783 de 2000
- Cesión de afiliados
- Funciones legales
- Determinación del procedimiento médico a seguir
- Cesión obligatoria de afiliados
- Efectos de la cesión de afiliados a otra empresa de salud
- Desarrollo jurisprudencial
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia proferida por el Juzgado
- Octavo. Civil del Circuito de Cartagena, Bolivar, el 17 de marzo de 2004, con base en los argumentos expuestos.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Empresa Promotora de Salud SALUD TOTAL E.P.S. que, dentro de los cinco (5) dias corrientes siguientes a la notificacion de la presente Sentencia, conforme un Comite Tecnico Cientifico que determine la enfermedad de la accionante y el tratamiento a seguir. Dicho Comite contara al menos con participacion del medico tratante asignado por la EPS SALUD TOTAL, los especialistas en trasplantes, Dr. Francisco Cuellar Ambrosi y Enrique Pedraza Mesa, ademas de los Drs. Guillermo Quintero, Alicia Henao y Andres Avila; de igual forma debera participar un epidemiologo clinico de reconocida trayectoria y dos especialistas en Hematologia y Trasplante de medula osea , uno de ellos de la Universidad Nacional y el otro del Instituto de Seguros Sociales.
- TERCERO. ORDENAR a la Empresa Promotora de Salud SALUD TOTAL E.P.S. realizar el tratamiento que se determine en el Comite Tecnico Cientifico , previa informacion detallada y aceptacion de la Sra. Carmen Elvira Lorduy.
- CUARTO. Los costos del tratamiento seleccionado estaran a cargo de SALUD TOTAL EPS , empresa promotora de salud que podra repetir con cargo al Fondo de Solidaridad y Garantias "FOSYGA" solamente en lo que este por fuera del Plan Obligatorio de Salud "POS".
- QUINTO. La parte demandada dara estricto cumplimiento a lo dispuesto en esta providencia, tomara las medidas adecuadas para ello y mantendra informada a esta Sala de Revision.
- SEXTO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.