T-909 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Sonia Del Socorro Garrido Guerra Vs. Contupersonal Ltda Y Edatel S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Terminación del contrato laboral
- Protección constitucional especial
- Alcance
- Reintegro al cargo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al trabajo la igualdad al minimo vital y a la estabilidad laboral reforzada de trabajadora despedida de su empleo en estado de embarazo sin autorizacion del inspector del trabajo.
Solicita se ordene su reintegro al cargo para el cual fue contratada.
Protección constitucional especial a la mujer trabajadora en estado de embarazo.
Estabilidad laboral reforzada.
Terminación unilateral sin justa causa del contrato laboral de la mujer embarazada.
Presupuestos que deben ser probados para que sea procedente el amparo transitorio de los derechos fundamentales de la mujer trabajadora en estado de embarazo.
Para que el despido de una mujer trabajadora en estado de embarazo sea procedente deberá configurarse una justa causa o razón objetiva así como deberá existir la autorización previa del funcionario competente pues de lo contrario tendrá lugar la aplicación de la presunción de despido en razón del embarazo con la consecuente ineficacia e ilegalidad del despido y la posibilidad de obtener el reintegro.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (12 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Sincelejo, el 30 de marzo de 2005, y CONFIRMAR el proferido por le Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Sincelejo, el ocho (8) de febrero de 2005, en el sentido de CONCEDER la protección invocada de manera transitoria, dentro de la acción de tutela, promovida por la señora Sonia del Socorro Garrido Guerra contra Contupersonal Ltda. de los derechos al trabajo, la igualdad, al mínimo vital y a la estabilidad laboral reforzada.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Contupersonal Ltda. que dentro del término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a:
- a) Reintegrar a la actora en un cargo de nivel igual o semejante al que ocupaba antes de ser despedida y en las mismas condiciones laborales;
- b) En caso de no presentarse actualmente ninguna opción laboral en esas entidades, la reintegre al presentarse la primera opción laboral que surja y que en el entretanto siga dando cumplimiento al pago de los salarios y las prestaciones sociales a las que por ley tiene derecho.
- c) Pagar todos los gastos en que incurrió la señora Sonia del Socorro Garrido Guerra, relacionados con su maternidad y que de no haberse interrumpido la relación laboral hubiesen sido cubiertos por la respectiva E.P.S.
- d) Cancelar la indemnización de que trata el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo y la licencia de maternidad a la que la señora Garrido tiene derecho.
- Tercero. La presente orden tendrá efectos transitorios mientras la jurisdicción laboral se pronuncia de manera definitiva y con fuerza de cosa juzgada sobre la acción laboral ordinaria que deberá interponer la accionante, si aún no lo ha hecho, dentro del término de cuatro meses, contados desde la notificación de esta providencia, para efectos de reclamar los salarios y demás prestaciones que dejó de percibir durante el tiempo que fue desvinculada de la empresa Contupersonal Ltda.
- Cuarto. ORDENAR al Juez
- Tercero. Civil Municipal de Sincelejo que, en aras de garantizar la efectividad de la acción de tutela, notifique este fallo a las partes dentro de los tres días siguientes a su recepción.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.