T-898 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Alfonso Caicedo Peñuela·Respondent Juzgado 13 De Familia De Bogota Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto en las decisiones de instancia no se presenta ninguna de las causales de procedibilidad aducidas
- El actor solicita la entrega del inmueble de cuya posesión fue despojado
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso y minimo vital pues cuenta con 85 años y en el 2001 le compro a su hermana los derechos de posesion sobre un inmueble ubicado en bogota, mediante escritura publica.
Asegura que su hermana habia ejercido por mas de 20 años la posesion publica, pacifica e ininterrumpida sobre el bien.
En el 2001 el señor instauro proceso de pertenencia sobre el inmueble, en el 2003 fallecio su hermana y el inicio juicio de sucesion y el juzgado ordeno el embargo y secuestro del bien sobre el que el ejercia posesion y lo tenia arrendado.
El tribunal dijo que la prueba testimonial no era la unica admisible para probar el hecho de la posesion.
El actor solicito la exclusion de la particion y le fue negada y que no se habian aportado todos los documentos para tal fin, por lo que el actor considera que el tribunal incurrio en una via de hecho.
Causales genericas y especiales de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales.
En el caso sub judice, no se configura una causal de procedencia para que opere la tutela contra providencias judiciales.
Negada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR los fallos de tutela proferidos el 18 de febrero y el 27 de marzo de 2008 por las Salas Civil y Laboral respectivamente de la Corte Suprema de Justicia, mediante las cuales se negó el amparo solicitado.
- SEGUNDO. ORDENAR que por Secretaría de la Corte se devuelva inmediatamente al Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá, el original del proceso de pertenencia promovido por el señor Alfonso Caicedo, el cual consta de siete (7) cuadernos de 568, 28, 9, 193, 127, 122 y 21 folios respectivamente.
- TERCERO. LIBRENSE, por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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