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Tutela ruling (T)August 14, 2003

T-701 de 2003

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández

✓Claimant Nora Chaparro De Hernandez Vs. Instituto De Ortopedia Infantil Roosvelt

✓
Topic · hard data
Derecho De Asociacion Sindical. Solicitud Reintegro Al Cargo Y Cambio De Turnos. Pago De Acreencias Laborales. Prohibicion De Acceso Para Asistir A Asambleas Y Utilizar Instalaciones. Terminacion Contratos A Termino Fijo. Legitimacion Por Activa. Termino
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

8 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión del término decretada para decidir el presente asunto.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá.
  3. Tercero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Juzgado 29 Civil Municipal de Bogotá, y en consecuencia, TUTELAR el derecho de asociación sindical del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt, SINTRAIROOS.
  4. Cuarto. ORDÉNASE a las directivas del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, adelanten las actuaciones administrativas necesarias, a fin de cumplir lo siguiente:
  5. 1. Reintegrar, en cargos de igual o superior jerarquía a los que venían desempeñando los siguientes trabajadores: Benedicta Orjuela Moreno, Epifanía Vega Neira, Víctor Julio Vanegas Castillo, Beatriz Helena Aguirre Marín, María Isabel Acosta Rodríguez, Blanca Alicia Mora Díaz. Lo concerniente a la controversias en torno a la existencia o no, en el presente caso, de un contrato realidad y con relación las prestaciones económicas por concepto de salarios y prestaciones, compensaciones o indemnizaciones, deberá ventilarse ante los jueces laborales, los cuales, en todo caso, no podrán desconocer, ignorar ni inaplicar lo dispuesto en este fallo. Para los anteriores efectos, al tenor del tercer inciso del artículo 8 del decreto 2591 de 1991, los afectados deberán ejercer dicha acción en un término máximo de cuatro ( 4 ) meses a partir del fallo de tutela.
  6. 2. Permitir a los empleados del Instituto que estén ocupando cargos directivos del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt, SINTRAIROOS, dentro de límites razonables, desarrollar su labor como representantes del mencionado sindicato. Igualmente, a los empleados del Instituto afiliados al mencionado sindicato, permitirles su asistencia a las asambleas ordinarias y extraordinarias cuando éstas se convoquen en horas laborales, siempre y cuando estos permisos no entorpezcan las labores y objeto del hospital. Caso en el cual, las directivas así deberán justificarlo en su negativa.
  7. 3. Permitirles a los miembros del sindicato de Trabajadores del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt, SINTRAIROOS que, dentro de unos límites razonables, sin alterar la tranquilidad del Instituto y exclusivamente para fines vinculados con la actividad sindical, utilicen una instalación física acorde para este objeto.
  8. 4. Facultar a los asesores externos del sindicato de Trabajadores del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt, SINTRAIROOS para ingresar a las instalaciones del Hospital para efectos de cumplir con sus labores profesionales, quienes deberán someterse a las normas de seguridad y convivencia del Instituto.
  9. Quinto. PREVENIR a las directivas del Instituto de Ortopedia Infantil Roosvelt que, en adelante, se abstengan de incurrir en cualquier acto atentatorio de la libertad de asociación sindical. En tal sentido, no podrán adoptar ningún acto retaliatorio contra los sindicalistas que han declarado en el presente proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.