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Tutela ruling (T)September 8, 1999

T-665 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Carlos Gaviria Díaz

✓Claimant Miguel Humberto Bocanegra Y Otros

✓
Topic · hard data
Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Der. Al Trabajo. Mora Del Patrono En Aportes A Salud Y Pension. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Empleador
  • Sanciones administrativas y penales por mora en aportes en salud y pensión
  • Asunción, en principio, servicio de salud por mora en aportes
  • Pago oportuno de aportes para pensión
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Subordinacion Laboral
  • Empresa en liquidación
Proceso De Liquidacion Obligatoria
  • Pago de aportes en salud y pensión
  • Pago oportuno de salarios
4 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 22 de abril de 1999 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, que negó la presente acción de tutela.
  2. Segundo. TUTELAR los derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social de los demandantes. ORDENAR a la empresa AGEMAC VERDES DE COLOMBIA S.A., - en Liquidación - a través del señor Liquidador de la misma y bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, inicie las gestiones administrativas y financieras necesarias para pagar a las E.P.S. a las cuales se encuentren afiliados sus trabajadores y pensionados, los aportes que se adeuden, con el fin de que restablezca la prestación del servicio de salud al cual tienen derecho los demandantes.
  3. La misma orden se aplicará para el caso de los aportes pendientes de pagar a las empresas administradoras de fondos de pensiones a las cuales se encuentran afiliados los demandantes.
  4. Tercero. TUTELAR el derecho fundamental al trabajo. Para su protección ORDENAR al señor Liquidador de la empresa AGEMAC VERDES DE COLOMBIA S.A. - En Liquidación - para que en un plazo máximo de treinta (30) días, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, proceda a cancelar a los demandantes, los salarios adeudados siempre y cuando el flujo de caja lo permita.
  5. Para garantizar que las acreencias laborales asumidas por la empresa demandada encuentren real y efectivo respaldo económico, se conmina a la Superintendencia de Sociedades a verificar el cumplimiento de lo aquí ordenado.
  6. Cuarto. ORDENAR a las E.P.S. y a las entidades administradoras de fondos de pensiones, en las cuales se encuentran afiliados los trabajadores y ex-trabajadores de la empresa aquí demandada, que se hagan parte en el proceso concursal - liquidación obligatoria - que se adelanta a la empresa AGEMAC VERDES DE COLOMBIA S.A., con el fin de obtener el pago de los aportes que por concepto de salud y pensiones de sus trabajadores y ex - trabajadores no les hayan sido cancelados.
  7. Quinto. COMPULSAR copias del presente expediente a la Fiscalía General de la Nación, para que investigue, si hay lugar a ello, la conducta que en su momento desarrollaron sus representantes legales, en relación con los descuentos de los aportes a pensiones y salud de sus trabajadores, los cuales no fueron trasladados a la empresas administradoras de los mismos.
  8. Sexto. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.