T-397 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Andres Perez Diaz Vs. Compañía De Inversiones De La Flota Mercante S.A En Liquidacion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Asunción de responsabilidad por no pago de aportes en salud
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
- Mora en el pago de aportes por empleador da lugar a la suspensión de servicios por EPS
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pago preferente de obligaciones laborales
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 29 de agosto por el Juzgado Veintiuno Civil Municipal de Barranquilla. En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado por el señor Andrés Pérez Díaz por violación de sus derechos a la vida, al mínimo vital, y a la seguridad social.
- Segundo. ORDENAR a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A - en liquidación -, cancelar, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, las mesadas pensionales adeudadas al señor Andrés Pérez Díaz.
- Tercero. ORDENAR a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A.- en liquidación -, atender directamente los costos en la atención de salud que requiera el demandante y sus beneficiarios, hasta tanto, se ponga al día en el pago que por concepto de aportes debe realizar al Plan Obligatorio de Salud al cual debe estar afiliado el demandante
- Cuarto. COMPULSAR copias de la presente decisión a la Fiscalía General de la Nación, con el objeto de que investigue lo pertinente.
- Quinto. El desacato a lo ordenado en esta providencia se sancionará de conformidad con lo señalado en el artículo 52 del decreto 2591 de 1991.
- Sexto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.