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Tutela ruling (T)September 4, 2014

T-646 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Consejo Comunitario De La Comunidad Negra De Bocachica Y Otra·Respondent Direccion De Impuestos Y Aduanas Nacionales Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Consulta Previa De Comunidades Indigenas Y Grupos Etnicos
  • Obligación impuesta al Estado cada vez que se vayan a adoptar medidas susceptibles de afectarles directamente
  • Parámetros de regulación
Convenio 169 De La Oit Y Bloque De Constitucionalidad
  • Fundamento del derecho a la consulta previa
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Improcedencia de tutela por cuanto no existía una afectación directa a las comunidades indígenas
Proceso De Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Características y consecuencias de su no realización
Proceso De Consulta Previa De Comunidades
  • No puede asimilarse el proceso de consulta que se cumple de manera previa, libre e informada, a aquellos que se realizan en forma posterior
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Los miembros de los Consejos Comunitarios de las Comunidades Negras de Bochica y Caño de Oro que habitan la Isla de Tierrabomba, consideran que las entidades accionadas vulneraron su derecho fundamental a la consulta previa, como consecuencia de no haber sido vinculados de forma anticipada en el trámite de las normas correspondientes al Estatuto Aduanero, que regulan la operación de cargue y descargue de mercancías de fondeo, actividad de carácter permanente que se realizará en la Bahía de Cartagena o en sus aguas adyacentes y que responde a un nuevo contexto comercial que incluye el plan de restauración de la navegabilidad del Río Grande de la Magdalena, para incidir en las dinámicas mercantiles del país.

Se reitera jurisprudencia de la Corporación en torno a la consulta previa frente a medidas legislativas que afecten directamente a las comunidades étnicas y se decide DENEGAR la tutela deprecada.

Se dispone que, cuando la DIMAR vaya a delimitar nuevas zonas de fondeo, a modificar las existentes o a implementar en concreto la operación de alguna de ellas, esclarezca, con la participación de la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, si resulta posible la afectación directa de comunidades indígenas o pueblos tribales y si, como consecuencia de ello, se debe dar inicio a un proceso de consulta previa, siguiendo las reglas desarrolladas por la jurisprudencia constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia adoptada el 3 de abril de 2014 por la Sala de Decision de Tutelas No. 2 de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, DENEGAR la accion de tutela instaurada por los Consejos Comunitarios de las Comunidades Negras de Bocachica y Cano de Oro contra la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales y otros, por la presunta trasgresion del derecho fundamental a la consulta previa en el tramite del Proyecto de Estatuto Aduanero.
  2. Segundo. DISPONER que cuando la Direccion General Maritima (DIMAR) vaya a delimitar nuevas zonas de fondeo, a modificar las existentes o a implementar en concreto la operacion de alguna de ellas, esclarezca, con la participacion de la Direccion de Consulta Previa del Ministerio del Interior, si resulta posible la afectacion directa de comunidades indigenas o pueblos tribales y si, como consecuencia de ello, se debe dar inicio a un proceso de consulta previa, siguiendo las reglas desarrolladas por la jurisprudencia constitucional.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceJorge Iván Palacio Palacio
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 36cited by 15 →T-646/14T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997C-175/09 — Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural · cited 253 timesC-175/092009C-030/08 — Inexequibilidad Por Omision Del Deber De Consulta Y No Por Contenido Material De La Ley. Configuración Por Vulneración Del Derecho Fundament · cited 234 timesC-030/082008SU.383/03 — Derechos A La Diversidad E Integridad Etnica Y Cultural Participacion Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Erradicacion De Cultivos Ilicit · cited 214 timesSU.383/032003T-652/98 — Der. A La Integridad Territorial. Der. Al Minimo Vital. Explotacion De Recursos Naturales En Territorio Indigena. Pueblo Embera-Katio. Urra. · cited 196 timesT-652/981998T-380/93 — Explotacion Ilicita De Maderas. Recursos Naturales. Diversidad Etnica Y Cultural. Agencia Oficiosa. Concedida Parcialmente. · cited 193 timesT-380/931993C-461/08 — Determinacion De Proyectos O Programas Incluidos En Ley De Plan Nacional De Desarrollo Que Deben Someterse A Consulta Previa De Comunidades · cited 173 timesC-461/082008T-005/16 — Derechos Fundamentales De Comunidad Indigena Arhuaca. Vulneracion Por Instalacion De Base Militar Y Antenas De Telecomunicaciones En Cerro E · cited 47 timesT-005/162016T-236/17 — Derecho A La Consulta Previa De Indigenas Sobre Erradicacion De Cultivos Ilicitos Con Glifosato. · cited 32 timesT-236/172017C-644/17 — : Pago Por Servicios Ambientales Y Otros Incentivos A La Conservación. · cited 27 timesC-644/172017T-568/17 — Consulta Previa En El Ambito De Las Actuaciones Administrativas. · cited 25 timesT-568/172017T-272/17 — Principio Constitucional De Diversidad Etnica Y Cultural Y Justicia Ambiental. · cited 22 timesT-272/172017T-201/17 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Negra. Programa De Estrategias De Atencion Integral A La Primera Infancia De Cero A Siempre. · cited 16 timesT-201/172017T-026/15 · cited 12 timesT-026/152015T-446/21 — Derecho A La Consulta Previa De Comunidad Indigena. Vulneracion Por Instalacion De Antena De Comunicaciones De Comcel Dentro Del Territorio · cited 9 timesT-446/212021
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.