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Tutela ruling (T)September 16, 2013

T-646 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Ernesto Francisco Arenas Dueñas·Respondent Saludcoop E.P.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para Solicitar Calificacion De Invalidez
  • Procedencia excepcional por estado de indefensión o debilidad manifiesta aun cuando exista otro medio de defensa judicial
Manual Unico Para Calificacion De Invalidez
  • Derecho para el trabajador que al proceso de calificación se alleguen todas las historias clínicas e informes de los médicos y constituyan una valoración íntegra y objetiva de la patología
Derecho A La Calificacion De La Perdida De Capacidad Laboral
  • Mora en la expedición del dictamen puede vulnerar derecho a la pensión de invalidez
Derecho A La Calificacion De La Perdida De La Capacidad Laboral
  • Caso en que EPS negó la calificación, argumentando suspensión de la afiliación por mora patronal en el pago de los aportes a salud
  • Orden a EPS, de acuerdo con el Manual Unico de Calificación de Invalidez, proceda a realizar la calificación por pérdida de la capacidad por hipoacusia profunda bilateral del accionante
Ley 1122/07
  • Confirió a Superintendencia Nacional de Salud facultades jurisdiccionales para adelantar procedimientos que resuelvan controversias entre entidades promotoras de salud y usuarios
Sistema General De Seguridad Social
  • Afiliación como garantía de calificación de la pérdida de la capacidad laboral, el grado de invalidez, la fecha de estructuración y el origen de las contingencias
Superintendencia Nacional De Salud
  • No tiene competencia para dirimir conflictos por la negativa a calificar la pérdida de capacidad laboral
Trabajador Asalariado
  • Suspensión de afiliación resulta desproporcionada para el trabajador debido al no pago de aportes en salud por empleador, según sentencia C-177/98
10 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor tiene un diagnóstico de hipoacusia neurosensorial profunda y le atribuye a SALUDCOOP E.P.S. la vulneración de sus derechos fundamentales a la seguridad social y a la vida digna, en cuanto se negó a calificar su pérdida de capacidad laboral por encontrarlo en estado de suspensión por mora patronal de los aportes.

Igualmente, por no prestarle unos servicios que quedaron pendientes y que fueron ordenados por el médico tratante, como la práctica de unos exámenes y una cita de control con especialista, debido a su desafiliación del sistema.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela. 2º.

La importancia del derecho a la calificación por pérdida de capacidad laboral en el marco del Sistema General de Seguridad Social. 3º.

La figura de la suspensión de la afiliación en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, su aplicación a los trabajadores asalariados y la sentencia de constitucionalidad C-177/98.

Se CONCEDE el amparo solicitado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la orden de suspension del tramite de revision en la tutela de Ernesto Francisco Arenas Duenas contra SaludCoop EPS dictada mediante providencia del 17 de mayo de 2013, para en su lugar resolver de fondo con las pruebas allegadas durante el mismo.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la decision adoptada el 20 de diciembre de 2012 por el Juzgado Veintitres Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogota, que denego el amparo a los derechos fundamentales invocados, dentro del tramite de la accion de tutela instaurada por Ernesto Francisco Arenas Duenas contra SaludCoop EPS. En su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales a la seguridad social del accionante.
  3. TERCERO. ORDENAR al representante legal de SaludCoop EPS, que dentro de los sesenta (60) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a recaudar las historias clinicas, reportes, valoraciones, examenes medicos periodicos; y, en general, todas las pruebas necesarias y que hagan falta, segun el Decreto 2463 de 2001 y el Manual Unico de Calificacion de Invalidez para calificar cabalmente la perdida de capacidad laboral del senor Ernesto Francisco Arenas Duenas.
  4. Para el efecto, la entidad debera adelantar todas las practicas medicas necesarias con el fin de obtener un diagnostico completo, real y actualizado sobre la patologia del accionante previamente a la calificacion, analizando la pertinencia de los examenes de audiometria y logoaudiometria con y sin audifonos y la cita de control con su otologo tratante. Ademas, debera recepcionar todas aquellas historias clinicas e informes de los medicos y terapeutas que lo han tratado, con el fin de considerarlas igualmente en el proceso de calificacion.
  5. CUARTO. ORDENAR al representante legal de SaludCoop EPS, que dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a adelantar todos los tramites pertinentes- medicos y administrativos-, sean estos previos, del curso o posteriores al procedimiento, para que el senor Ernesto Francisco Arenas Duenas sea calificado bajo la responsabilidad de dicha entidad, por funcionarios que representen a la misma y segun los lineamientos legales del articulo 41 de la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones complementarias, asi como teniendo en cuenta todos los criterios tecnico- cientificos y eticos dispuestos por el Manual Unico de Calificacion de la Invalidez y demas normas concordantes. En todo caso, el dictamen que califique la perdida de capacidad laboral del accionante debera estar listo a mas tardar dentro del plazo previsto en este numeral.
  6. QUINTO. ORDENAR al representante legal de SaludCoop EPS, que de todas las gestiones que realice la entidad dara cuenta en forma inmediata al juez de primera instancia, quien verificara el cumplimiento efectivo de las ordenes de proteccion. En todo caso, debera reportar el estado del proceso de calificacion del accionante, los dias treinta (30) de cada mes, durante los siguientes 3 meses.
  7. SEXTO. Por secretaria, librese la comunicacion prevista en el Articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 20cited by 41 →T-646/13C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · cited 553 timesC-177/981998T-323/96 — Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Pensionales Causadas Durante El Concordato Preventivo. Tutela Transitoria. Concedida. · cited 353 timesT-323/961996T-287/95 — Der. A La Seguridad Social. Mora En Los Aportes Al I.S.S. Por Parte Del Empleador. Tutela Transitoria. Concedida. · cited 230 timesT-287/951995T-299/97 — Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Con · cited 225 timesT-299/971997T-859/04 — Derecho A La Vida Integridad Física Salud Seguridad Social Y Minimo Vital De Persona Con Retraso Mental Grave De Origen Genetico Invalidez · cited 200 timesT-859/042004T-176/11 · cited 186 timesT-176/112011T-108/07 · cited 152 timesT-108/072007T-406/93 — Derecho A La Seguridad Social. Servicio De Salud. Prestaciones Medico-Asistenciales Para Pensionados. I.S.S. Negada. · cited 136 timesT-406/931993T-121/15 · cited 108 timesT-121/152015T-195/22 — Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada De Personas En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud-Debido Proceso En El Tr · cited 50 timesT-195/222022T-579/17 — Exclusion De Servicios O Atencion En Salud. Distincion Entre Procedimientos Esteticos Y Procedimientos Funcionales En El Plan De Beneficios · cited 42 timesT-579/172017T-728/14 · cited 42 timesT-728/142014T-397/17 — Principio De Subsidiariedad En Materia De Salud. Reglas Jurisprudenciales. · cited 41 timesT-397/172017T-115/14 · cited 35 timesT-115/142014T-226/15 — Derecho A Tratamiento Integral . Derecho A La Salud. Suministro De Pañales, Medicamentos Y Transporte. · cited 28 timesT-226/152015T-706/17 — Servicio De Transporte O Traslado De Pacientes Y Su Nexo Con El Principio De Integralidad. · cited 25 timesT-706/172017
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.