T-641 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Córdoba Triviño
✓Claimant Elba Maria Perez Preciado Vs. Caprecom
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia por existir vulneración a mandatos constitucionales
- Aplicación indiscriminada desnaturaliza la justificación de su aplicación
- Protección especial a las madres cabeza de familia
- Presupuestos indispensables
- Limitación a la protección reforzada fijada en la ley 813/03 declarada inconstitucional por la sentencia C-991/04
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al minimo vital de mujer cabeza de familia trabajadora de caprecom a quien le fue terminado unilateralmente su contrato de trabajo sin justa causa.
Solicita se ordene su reintegro en el cargo que desempeñaba aplicandose la doctrina constitucional fijada en la sentencia <a href=../2004/c-991-04de.rtf> c-991/04</a>proteccion laboral de madres cabeza de familia.
Estabilidad en el empleo de las madres cabeza de familia en los procesos de reforma institucional de entidades del estado.
La accion de tutela es un mecanismo procedente para garantizar la estabilidad laboral reforzada de las madres cabeza de familia.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Bogotá el 25 de noviembre de 2004 y por la Sala Civil del Tribunal Superior de la misma ciudad el 24 de enero de 2005, que negaron la tutela de los derechos invocados por la ciudadana Elba María Pérez Preciado.
- Segundo. CONCEDER el amparo del derecho fundamental al mínimo vital de la ciudadana Elba María Pérez Preciado y, en consecuencia, ORDENAR al representante legal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom que dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la notificación del presente fallo, reintegre a la demandante sin solución de continuidad desde la fecha en la cual fue desvinculada de la entidad. En el mismo sentido, deberá reconocer a la actora los salarios y prestaciones a las cuales tenía derecho desde la fecha en la cual fue desvinculada y hasta el momento en que sea efectivamente reincorporada a la nómina de la entidad.
- El representante legal de la empresa deberá adelantar el cruce de cuentas correspondiente y, en caso de resultar saldos a favor de la entidad y en el evento en que la restitución de la indemnización no sea posible en un sólo momento, deberá ofrecer facilidades de pago a la accionante, las cuales garanticen su subsistencia digna y la de su núcleo familiar dependiente.
- Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.