T-603 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Adriana María Guillén Arango
✓Claimant Harold Germain Hernandez Garcia·Respondent Batallon De Infanteria Numero 22, Batallon Ayacucho
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- El objetor de conciencia debe informar a las autoridades los motivos por los cuales la obligación del servicio militar riñe con sus convicciones
- Las convicciones que llevan a objetar conciencia frente al servicio militar obligatorio pueden ser de diversa índole
- Protección constitucional a falta de regulación legal
- Requisitos que debe cumplir el objetor
- Limites
- Concepto
- Instar al batallón para que analice de manera detallada las posibles afectaciones al estado de salud mental del demandante independientemente de que haya o no terminado el servicio militar
- Legitimidad
- Tipos
- Exenciones previstas en la Ley
- Deber relativo
- Obligación del ciudadano
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Libertad de conciencia, libertad de culto.
Enfatiza el actor que es objetor de conciencia por sus principios éticos, morales y religiosos, producto de la formación que le ha dada la familia y la iglesia, la cual se ha basado en el amor al prójimo, el respeto por la vida y el deseo de permanecer en paz con su entorno.
Alega que fue obligado por su padre a presentarse a prestar el servicio militar como soldado regular y que fue incorporado a las Fuerzas Militares aunque dentro del procedimiento de selección correspondiente la prueba psicológica arrojó que no debía ser declarado apto para ello.
En la acción de tutela se solicita al juez constitucional ordenar el desacuartelamiento, dado que hacer caso omiso de su situación estaría dañando su proyecto de vida, el cual es seguir estudiando, no desamparar a su madre y por ningún motivo ser partícipe de actos que tengan que ver con la guerra.
Para determinar si al actor se le vulneraron sus derechos fundamentales en razón a su alegada condición de objetor de conciencia, La Sala de Revisión analiza los siguientes temas: 1º.
El servicio militar obligatorio en Colombia, en la Ley y en la jurisprudencia. 2º.
El derecho a objetar conciencia al servicio militar obligatorio en la doctrina y en la jurisprudencia, su relación con la desobediencia civil y sus posibles justificaciones y limitaciones. 3º.
Elementos jurisprudenciales para que su amparo prospere por vía de acción de tutela, en especial el contenido del debate ético-moral que entra en contradicción con el deber constitucional y legal de prestar el servicio militar obligatorio.
A pesar de confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado, se insta al Batallón accionado y a la Jefatura de Reclutamiento de la Zona Octava para que analicen de manera detallada las posibles afectaciones al estado de salud mental del accionante, independientemente de que haya terminado o no el servicio militar.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. LEVANTAR la suspensión del término para decidir ordenada en el presente trámite de revisión.
- Segundo. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, el ocho (8) de julio de dos mil diez (2010), que confirmó la decisión adoptada por el Juzgado
- Séptimo. de Familia de Manizales, el veintiocho (28) de mayo de dos mil diez (2010), que a su vez denegó la acción de tutela instaurada por Harold Germain Hernández García contra el Batallón de Infantería No. 22 "Ayacucho" de Manizales y la Jefatura de Reclutamiento de la Zona Octava.
- Tercero. INSTAR al Batallón de Infantería No. 22 "Ayacucho" de Manizales y a la Jefatura de Reclutamiento de la Zona Octava, para que analice de manera detallada las posibles afectaciones al estado de salud mental del demandante independientemente de que haya o no terminado el servicio militar al momento de serle notificada la presente sentencia.
- Cuarto. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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