T-486 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez
✓Claimant Pedro Elias Arregoces·Respondent Instituto De Seguro Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Causales excepcionales para su procedencia definidas por la Corte Constitucional
- Improcedencia por cuanto no se cumple con el tiempo mínimo de cotizaciones ni se evidencia ilegalidad del acto que denegó el derecho pensional en el presente caso
- Se debe probar así sea de forma sumaria que el peticionario cuenta con el tiempo mínimo de cotización para ser beneficiario del derecho pensional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Seguridad social, mínimo vital, vida digna.
El actor asegura hacer parte del régimen de transición y cumplir con el tiempo y edad de servicios requeridos para acceder a su pensión de vejez sin embargo este derecho le ha sido negado alegando la entidad accionada que le hacen falta dos años de cotización, interpuso acción de tutela debido a que a partir del 31 de julio de 2010, el régimen de transición no podrá extenderse, conllevando a que en un futuro la entidad demandada llegue a manifestar que no tiene derecho por que los términos de la vigencia de la transición se vencieron.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de pensiones, se encuentra que dentro del proceso no puede desprenderse que el actor cuente con el tiempo de cotizaciones mínimas para tener reconocimiento y pago de la pensión de vejez, al igual que no se observa claramente alguna ilegalidad en el acto administrativo que le negó el derecho, por lo tanto se decide no acceder a las pretensiones del actor.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Riohacha, el veintitres (23) de octubre de dos mil nueve (2009), confirmada a su vez por la Sala de Decision Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, el diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009), que declaro IMPROCEDENTE el amparo solicitado por Pedro Elias Arregoces contra el ISS.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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